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Professor Advisordc.contributor.advisorSepúlveda Crerar, Eduardo es_CL
Authordc.contributor.authorDonoso Roselló, Fernando es_CL
Staff editordc.contributor.editorFacultad de Derechoes_CL
Staff editordc.contributor.editorDepartamento de Ciencias Penaleses_CL
Admission datedc.date.accessioned2012-09-12T18:38:29Z
Available datedc.date.available2012-09-12T18:38:29Z
Publication datedc.date.issued1999es_CL
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/107168
General notedc.descriptionMemoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
General notedc.descriptionNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
Abstractdc.description.abstractYa hablar de “Bien Jurídico” representa divisiones en cuanto a su definición, en coherencia con el estudio del derecho, en general, estamos predispuestos a que antes de entrar al fondo de un asunto sea necesario distinguir... No obstante, existe concordancia en que los bienes jurídicos revisten importancia para el estudio del tipo penal y si bien esta tarea se dificulta con la diversidad de opiniones al respecto, esto no puede ser obstáculo, y no lo es, para su estudio. Si reconocemos la aparición de nuevos Bienes Jurídicos, lo que hacemos en definitiva y en la práctica es reconocer la aparición de nuevos delitos, o, si somos rigurosos, la aparición de nuevas conductas que de alguna manera lesionan o ponen en peligro determinados intereses que una determinada sociedad quiere proteger y por lo cual se crean tipos penales. Estas conductas nos enseñan o recuerdan (a fuerza de reiteración a través de la historia) que dentro de nuestra sociedad siempre existirán individuos que van en contra del sistema y que constantemente buscaran nuevas formas de conseguir un determinado fin sin considerar al “otro” como un igual dentro de un sistema. Lo realmente novedoso y a la vez lo tristemente novedoso del tema a tratar está en que la calidad o característica distintiva de los llamados Bienes Jurídicos colectivos es que guardan relación con la colectividad, es decir estamos frente a hechos que se repudian por sus efectos considerados perjudiciales al conjunto de los miembros de la sociedad y no a un individuo de la misma. Su propia naturaleza los hace de difícil determinación, en comparación a los bienes jurídicos propios a la dogmática tradicional (la vida, el patrimonio, el honor, etc.), lo que ha llevado a algunos autores a negar su existencia en tanto “Bienes Jurídicos”, sin embargo en la práctica se presentan conductas que no es posible ni adecuado enmarcarlas en base al parámetro tradicional, que en definitiva y con un mínimo de perspectiva, no podemos limitarnos a calzar en una estructura dogmática construida, nuevas figuras que no caben en ella y que se nos presentan con nitidez diariamente en la cotidianeidad de nuestras vidas, en los diarios, noticias de T.V., en conversaciones de café o en conferencias de las más variadas índoles.
Lenguagedc.language.isoeses_CL
Publisherdc.publisherUniversidad de Chilees_CL
Type of licensedc.rightsDonoso Roselló, Fernandoes_CL
Keywordsdc.subjectDerechoes_CL
Títulodc.titleBienes-jurídicos colectivos bien jurídico en los delitos económicoses_CL
Document typedc.typeTesis


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