Abstract | dc.description.abstract | Para comenzar nuestra memoria, es necesario tener en cuenta los antecedentes históricos que llevaron a la formación de las Naciones Unidas, conformándose como un organismo multilateral cuyos principios básicos son el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales, para evitar que las posibles controversias entre naciones se resuelvan a través de la guerra o el uso de la fuerza, la cual debe ser considerada el último recurso a emplear.
Se presentará un marco teórico en el cual pueda ser configurada la noción utilizando la dicotomía jus ad bellum–jus in bello, concentrándonos principalmente en la exposición del jus ad bellum o legitimación de la agresión. Se expone en primer lugar, la distinción dentro del marco de la teoría clásica de la guerra justa, de inspiración escolástica. Ella es sistematizada y complementada con criterios modernos y se presenta su recepción en ámbitos distintos al de la actividad beligerante internacional. La teoría clásica o modelo legalista resultante es corregido con criterios acordes a los modos de manifestarse la agresión en el transcurso del siglo xx. En ese sentido, se intenta vislumbrar una reevaluación de la teoría clásica con miras a su adecuación a la realidad más reciente.
A continuación de la parte teórica, se analiza el sistema internacional de las Naciones Unidas con referencia al uso de la fuerza, en particular la interpretación, a veces discutida, de la normativa que determina los presupuestos legitimantes del uso de la fuerza en el plano internacional, centrándose el análisis en las interpretaciones posibles de su capítulo vii y en especial del art. 51. Asimismo, se busca delimitar el rol de las Naciones Unidas al interior de un sistema de estados y naciones | |