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Professor Advisordc.contributor.advisorHubner Guzmán, Ana 
Authordc.contributor.authorMera Garrido, Exequiel Iván 
Staff editordc.contributor.editorFacultad de Derecho
Staff editordc.contributor.editorDepartamento de Derecho Privado
Admission datedc.date.accessioned2012-10-03T19:29:07Z
Available datedc.date.available2012-10-03T19:29:07Z
Publication datedc.date.issued2009
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/111035
General notedc.descriptionMemoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
General notedc.descriptionNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
Abstractdc.description.abstractLa necesidad de maximizar la utilidad de los espacios de territorio en una ciudad determinada ha sido una política de Estado durante la mitad del último siglo. ¿Los motivos? La gran explosión demográfica, la tendencia a la longevidad de la población y la eficiencia del uso de los suelos; factores que se han caracterizado por fomentar el establecimiento de nuevas leyes y planes reguladores que tienden a la protección de la seguridad pública, los intereses generales de la nación, la salubridad pública, y la conservación del patrimonio medio ambiental mediante la utilización de instrumentos jurídicos, arquitectónicos y económicos que han favorecido a un mayor beneficio de una misma coordenada espacial. Dentro de estos elementos recién mencionados podemos encontrar las nuevas construcciones urbanas que transforman el clásico concepto de propiedad basado en el poder exclusivo y excluyente de una sola persona sobre una cosa a ideas comunitarias de copropiedad. El objeto de este trabajo se vincula precisamente al concepto de propiedad horizontal, pero en específico al desarrollo de las relaciones de vecindad dentro de la legislación, jurisprudencia y praxis, respecto a los inmuebles que se conceptualizan en el Art.2, inciso primero de la Ley Nº 19.537 que distingue entre dos tipos de unidades: Las unidades A: que son aquellas construcciones divididas en unidades emplazadas en terreno de dominio común, y ; Las unidades B: que son aquellos predios con construcciones o con proyectos de construcción aprobados, en el interior de cuyos deslindes existen simultáneamente sitios que pertenecen en propiedad exclusiva a cada propietario y terrenos de dominio común. En el primer capítulo, se determinará el concepto de Relación de Vecindad, su naturaleza jurídica, su función limitadora de dominio y su vinculación con la idea de inmisión. En el segundo capítulo, se abordarán los tópicos clásicos del concepto de inmisión entre los vecinos, y que tocan las fronteras de su licitud o no, su fundamento normativo y acción de la víctima en contra del victimario agresor. El tercer capítulo, se centrará en el tratamiento legislativo que ha recibido en Chile en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria y en el Código de Bello. La crítica a la ausencia de una reglamentación especifica, en una ley, que trate las relaciones de vecindad. Una breve visión al derecho comparado en especial en España y Sudamérica. Un cuarto capítulo, analizará la evolución de la jurisprudencia nacional y extranjera en este tema y el criterio de los jueces para verificar la ilicitud de las conductas entre los vecinos y la justificación de sus decisiones. Y un quinto capítulo final planteará las conclusiones del trabajoes_CL
Lenguagedc.language.isoeses_CL
Publisherdc.publisherUniversidad de Chilees_CL
Keywordsdc.subjectChile. Ley no. 19.537es_CL
Keywordsdc.subjectPropiedad horizontal Chilees_CL
Keywordsdc.subjectVecindario Chilees_CL
Títulodc.titleLas relaciones de vecindad en la ley de copropiedad inmobiliariaes_CL
Document typedc.typeTesis


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