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Interrupción de la prescripción extintiva en materia laboral : ¿solo un problema hermenéutico o uno de Lege Ferenda?
Profesor guía | dc.contributor.advisor | Melis Valencia, Christian | |
Autor | dc.contributor.author | Hidalgo Leiva, Daniel Alejandro | |
Autor | dc.contributor.author | Robles Peña, Rodrigo Antonio | |
Editor personal | dc.contributor.editor | Facultad de Derecho | |
Editor personal | dc.contributor.editor | Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social | |
Fecha ingreso | dc.date.accessioned | 2013-04-18T16:07:23Z | |
Fecha disponible | dc.date.available | 2013-04-18T16:07:23Z | |
Fecha de publicación | dc.date.issued | 2012 | |
Identificador | dc.identifier.uri | https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/112853 | |
Nota general | dc.description | Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) | es_CL |
Resumen | dc.description.abstract | Cuando tuvimos que elegir el tema sobre el cual versaría nuestra memoria, pensamos en uno que fuera contingente y en el cual hubiese algo de controversia, todo esto, con el objeto de contribuir al debate público con un punto de vista propio, es por esto que eligimos el tema de la interrupción de la prescripción en materia laboral. En efecto, dado el carácter del Derecho del Trabajo siempre en constante cambio, creemos que es necesario un debate serio respecto de la interrupción de la prescripción extintiva en materia laboral, dada la ambigua interpretación del inciso quinto artículo 510 del Código del Trabajo, ante los tribunales de justicia. La remisión normativa al derecho común (léase Código Civil) ha hecho resurgir interrogantes respecto al momento interruptivo de la prescripción en materia laboral, las cuales se evidencian en la falta de uniformidad interpretativa sobre este punto por nuestros tribunales superiores de justicia, en orden a que, algunos sostienen que es necesaria la notificación válida de la demanda para interrumpir la prescripción, y otros sostienen que no es necesaria la notificación de la misma, debido a que la expresión requerimiento alude al término “demanda judicial”, debido a que se está hablando de prescripción extintiva y no aquella con la que se adquieren las cosas ajenas. Esto trae como consecuencia que los empleadores usan la prescripción extintiva como un medio para incumplir sus obligaciones laborales, cuestión que se ve agravada por el hecho de que el plazo de prescripción en materia laboral es bastante breve, uno de los más breves en nuestra legislación. De esta forma, la discrepacia hermenéutica de nuestros tribunales superiores de justicia, favorece la utilización de la prescripción en ese sentido | es_CL |
Idioma | dc.language.iso | es | es_CL |
Publicador | dc.publisher | Universidad de Chile | |
Tipo de licencia | dc.rights | Hidalgo Leiva, Daniel Alejandro; Robles Peña, Rodrigo Antonio | |
Palabras claves | dc.subject | Chile. Código del trabajo. Artículo 510 | es_CL |
Palabras claves | dc.subject | Prescripción (Derecho) Chile | es_CL |
Palabras claves | dc.subject | Prescripción extintiva Chile | es_CL |
Palabras claves | dc.subject | Derecho del trabajo Chile | es_CL |
Palabras claves | dc.subject | Empleadores Aspectos jurídicos Chile | es_CL |
Palabras claves | dc.subject | Interrupción de la prescripción extintiva | es_CL |
Título | dc.title | Interrupción de la prescripción extintiva en materia laboral : ¿solo un problema hermenéutico o uno de Lege Ferenda? | es_CL |
Tipo de documento | dc.type | Tesis |
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