Terminación de la relación laboral a la luz de la ley no. 19.759
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Lizama Portal, Luis
Author
dc.contributor.author
Gottlieb Sabah, Sharon
Staff editor
dc.contributor.editor
Facultad de Derecho
Staff editor
dc.contributor.editor
Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Admission date
dc.date.accessioned
2013-10-24T21:13:27Z
Available date
dc.date.available
2013-10-24T21:13:27Z
Publication date
dc.date.issued
2003
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/114594
General note
dc.description
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
General note
dc.description
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
Abstract
dc.description.abstract
El uso insistente por parte del legislador de la expresión "Contrato de trabajo", mueve apensar en la Teoría General de los Contratos, que en Chile está contenida, desde el punto de vista positivo, principalmente en el libro IV del Código Civil.
El artículo 1545 dispone que "Todo contrato legalmente celebrado es Ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causa legal".
Los autores del derecho chileno uniformemente ven en esta norma fundamental el planteamiento general de lo que llaman "Disolución del contrato". De esta manera, al tenor de l norma citada, este fenómeno operará por mutuo disenso o por causas legales. Pero los vivilistas chilenos no se preocupan de fijar el alcance de esta disolución, de manera que existe incertidumbre para saber si determinada "causa legal" opera o no para disolver determinado contrato cuando la ley calla.