La alevosía y las agravantes especiales del hurto y robo, contenidas en el artículo 456 bis del código penal
Professor Advisor
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Bascuñán Rodríguez, Antonio
Author
dc.contributor.author
Guerra Martínez, María Isabel
Author
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Guzmán Führer, María Ximena
Staff editor
dc.contributor.editor
Facultad de Derecho
Staff editor
dc.contributor.editor
Departamento de Ciencias Penales
Admission date
dc.date.accessioned
2014-01-10T14:50:18Z
Available date
dc.date.available
2014-01-10T14:50:18Z
Publication date
dc.date.issued
2003
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/115087
General note
dc.description
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
General note
dc.description
No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo
Abstract
dc.description.abstract
Una constante a lo largo de la historia ha sido la necesidad de agravar
la sanción de conductas que denotan una especial malicia o en que late un
fondo de cobardía, se trata de los casos en que se excluye el riesgo para el
agresor o en que se quebrantan concretos deberes de lealtad o en que se
aprovecha la indefensión de la víctima.
En cuanto a la alevosía, ningún país civilizado ha dejado de
sancionarla, aunque en algunos no se mencione entre las circunstancias
agravantes de modo expreso por ir comprendida en la noción de otras
circunstancias como la emboscada, la sorpresa, la astucia, el uso de medios
que imposibiliten la defensa, el empleo de veneno o simplemente, porque es
tomada en cuenta para caracterizar algún delito en el que concurre
especialmente.
Pero, el concepto de alevosía, aunque esté fijado legalmente, dista
mucho de tener un contenido y de estar acotado por limites sobre los que
doctrina y jurisprudencia hayan mantenido una unidad de criterio. Al contrario,
cabe señalar que el de la alevosía es uno de los conceptos más discutidos, en
cuanto a sus elementos, naturaleza jurídica y aplicación.
A las dificultades anteriores, se suma la existencia de zonas comunes
entre la alevosía y otras circunstancias de agravación, y la necesidad de
determinar la compatibilidad entre unas y otras. Asimismo, se debe determinar
si puede concurrir esta agravante con las circunstancias de atenuación.