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Professor Advisordc.contributor.advisorSepúlveda Crerar, Eduardo 
Authordc.contributor.authorMuñoz Jaramillo, Luis Iván 
Staff editordc.contributor.editorFacultad de Derecho
Staff editordc.contributor.editorDepartamento de Ciencias Penales
Admission datedc.date.accessioned2014-01-15T19:47:24Z
Available datedc.date.available2014-01-15T19:47:24Z
Publication datedc.date.issued2003
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/115172
General notedc.descriptionMemoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
General notedc.descriptionNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
Abstractdc.description.abstractLa Ley 19.617, publicada en el Diario Oficial del día 12 de julio de 1999, introdujo una serie de modificaciones al Código Penal, primordialmente, en varios de los delitos regulados en el Título VII del Libro II. Se trata del más importante cambio hecho al tradicional esquema de estos delitos. Esta verdadera readecuación sistémica se traduce en lo que toca a la antigua figura del abuso deshonesto, en particular, en una importante reforma que -además de otorgarle una nueva denominación, abuso sexual- viene a hacer una significativa reestructuración en su formulación típica, con lo que adquiere una nueva fisonomía. El anterior artículo 366 del Código Penal plasmaba la aludida figura en una fórmula poco feliz, dotada de una gran ambiguedad por su defectuosa construcción, que acarreaba enormes dificultades en su interpretación haciendo dificil captar el correcto significado de la norma, dando cuenta de una absoluta falta de precisión de la acción típica y de los medios comisivos a emplear para su perpetración, dejando solamente en claro, en definitiva, la enorme vaguedad conceptual que ofrecía la aludida disposición. La ley 19.617 hace un valioso esfuerzo por superar este cuadro de cosas con el determinado propósito de delinear nítidamente el objeto de prohibición, con miras a un mayor apego al principio de la taxatividad, lo que se traduce en el intento por precisar los contornos de la conducta punible y las circunstancias en que tiene cabida su comisión. En las páginas que siguen se verán las técnicas legislativas que emplea la reforma para el logro de tales objetivos, se tratará de hacer una contribución a la tarea de asentar el sentido y el alcance que ha de darse a las normas de la nueva ley en materia de abuso sexual, y cuál es la orientación que tienen, desde el punto de vista del bien jurídico a tutelar.en_US
Lenguagedc.language.isoesen_US
Publisherdc.publisherUniversidad de Chileen_US
Type of licensedc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile*
Link to Licensedc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/*
Keywordsdc.subjectChile. Código penalen_US
Keywordsdc.subjectDelitos sexuales Legislación Chileen_US
Keywordsdc.subjectDerecho penal Chileen_US
Títulodc.titleEl delito de abuso sexual en el código penal chilenoen_US
Document typedc.typeTesis


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