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Authordc.contributor.authorMartínez, José Ignacio 
Authordc.contributor.authorZúñiga Urbina, Francisco es_CL
Admission datedc.date.accessioned2014-01-08T20:16:58Z
Available datedc.date.available2014-01-08T20:16:58Z
Publication datedc.date.issued2011
Cita de ítemdc.identifier.citationEstudios Constitucionales, Año 9, Nº 1, 2011, pp. 199 - 226.en_US
Identifierdc.identifier.issn0718-0195
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/126694
Abstractdc.description.abstractSi bien el Derecho nos ofrece siempre varias soluciones posibles aplicables a un caso o situación, la determinación de cuál de ellas es la más adecuada es lo mismo que preguntarse cuál de todas ellas es la más razonable. En este trabajo se analizará el origen del principio de razonabilidad y la forma en que ha sido desarrollado en Estados Unidos. Asimismo, se señalará la forma en que este principio ha sido recogido en nuestra Constitución, y cómo ha sido aplicado por la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional, para finalmente extraer un listado de criterios de razonabilidad emanados de dicha jurisprudencia.en_US
Lenguagedc.language.isoesen_US
Type of licensedc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile*
Link to Licensedc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/*
Keywordsdc.subjectEl principio de razonabilidaden_US
Títulodc.titleEl Principio de Razonabilidad en la jurisprudencia del tribunal constitucionalen_US
Document typedc.typeArtículo de revista


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