Abstract | dc.description.abstract | “A juicio de este Tribunal con la prueba rendida en el proceso se acreditó la participación culpable de cada uno de los acusados en calidad de autores del delito de homicidio calificado cometido en contra de la persona Daniel Zamudio Vera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, por haber actuado de una manera inmediata y directa, de acuerdo a la intervención que cada cual tuvo durante el desarrollo del delito. El Tribunal rechaza la tesis de la defensa del acusado López Fuentes, en cuanto a que no habría existido relación de causalidad entre la conducta de éste con el deceso de la víctima. En efecto, se estableció que la causa de la muerte de Daniel Zamudio fue producto de un traumatismo encéfalo craneano (TEC) grave, que tuvo como consecuencia un daño axonal difuso (DAD) y una encefalopatía hipóxica isquémica, ambos severos, los cuales coexistieron simultáneamente, teniendo como origen común las agresiones atribuidas a los acusados”
Ese fue el fallo pronunciado el 28 de octubre del 2013 por la sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Pena de Santiago, integrada por los jueces titulares Juan Carlos Urrutia, Celia Catalán y Patricia Bründl. El fiscal de la zona Centro Norte, Ernesto Vásquez, durante el juicio calificó el caso como una “historia de horror” con “sesiones inhumanas de tortura” provocadas por sujetos con “desprecio a la vida”. Mientras, la prensa tituló sobre el ataque “Brutal relato de caso Zamudio: Le dieron “punzazos” y lo orinaron (Emol, 16 de mayo 2012), “Caso Zamudio: Los crímenes de odio y discriminación” (CNN Chile, 28 de octubre 2013) y Caso Zamudio pone bajo la lupa a parlamentarios detractores, el férreo bloqueo de la UDI, la Iglesia Católica y los evangélicos a la Ley Antidiscriminación (El Mostrador, 29 de marzo de 2012). De este modo, después de casi un mes de juicio oral con declaraciones, pruebas, peritos, testigos y alegatos de clausura, las responsabilidades del ataque cayeron sobre cuatro individuos, Alejandro Angulo, Raúl López, Fabián Mora y Patricio Ahumada. Éste último alcanzó la cadena perpetua otorgada por el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal, lo que significan mínimo 20 años encarcelado. | en_US |