Análisis de las revocaciones de la Corte Suprema al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia : años 2004-2015
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Accorsi Opazo, Simón
Author
dc.contributor.author
Quiroz González, Esteban
Admission date
dc.date.accessioned
2016-09-13T18:57:18Z
Available date
dc.date.available
2016-09-13T18:57:18Z
Publication date
dc.date.issued
2016
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/140393
General note
dc.description
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Abstract
dc.description.abstract
La presente investigación tiene como objetivo analizar las diferencias doctrinarias existentes entre el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia -en adelante TDLC- y la Corte Suprema, comparando dichas diferencias con lo propuesto por las doctrinas extranjeras de mayor tradición jurídica en la materia -como el derecho antitrust norteamericano y el derecho comunitario de la Unión Europea-, y revisando la evolución jurisprudencial posterior de ambos entes jurisdiccionales. Todo ello abarcando el periodo desde la entrada en funcionamiento del TDLC el año 2004, hasta finales del año 2015.
La metodología de este trabajo será primero estadística, revisando los porcentajes de la actividad jurisdiccional del TDLC y de la Corte Suprema. Luego haremos un análisis de las diferencias jurisprudenciales entre ambos tribunales, y por último utilizaremos un método dialéctico (derecho comparado) con la doctrina extranjera y la jurisprudencia actualizada de ambos organismos.
Veremos que en general la Corte Suprema tiende a confirmar la mayoría de los fallos del TDLC, sin embargo, cuando modifica o revoca suele ser más benevolente, en el sentido de disminuir multas o declarar la legalidad de los actos de los que conoce. También advertiremos que las diferencias que existieron en materia de colusión ya han sido superadas por los entes jurisdiccionales, mientras que en materia de abusos de posición dominante existen discusiones que muestran al TDLC en sintonía con el derecho comparado en relación a la Corte Suprema. Por último, hallaremos que la Corte tiene la mayor parte de su actividad revocatoria en lo que refiere al aspecto procesal del sistema, tanto a nivel orgánico como funcional, ordenando el sistema en general.
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