Análisis del artículo 315 del Código Penal chileno
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Contreras Chaimovich, Lautaro
Author
dc.contributor.author
Cubillos Morgado, Rocío Montserrat
Author
dc.contributor.author
Guidobono San Martín, María Ignacia.
Admission date
dc.date.accessioned
2018-03-14T13:18:15Z
Available date
dc.date.available
2018-03-14T13:18:15Z
Publication date
dc.date.issued
2017
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/146859
General note
dc.description
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
es_ES
Abstract
dc.description.abstract
Como resultado de la reforma introducida a nuestro Código Penal en el año 1969 por la Ley Nº 17.155, se perfeccionó la redacción contenida en el párrafo 14 del Título VI del Libro II del Código Penal, que se denomina “Crímenes y delitos contra la salud pública”. Dentro de este acápite se encuentra el artículo 315, que tiene por objeto regular la responsabilidad penal que surge de la manipulación de productos destinados al consumo público, que afecte o puedan afectar nocivamente la salud.
El objetivo la presente investigación es realizar un estudio de este artículo, ya que en él se prevé un delito alimentario de suma relevancia, que da origen a lo que modernamente se conoce como “responsabilidad penal por el producto”, la cual es una rama del Derecho Penal que trata de “la responsabilidad criminal por las afectaciones a la vida y salud de los consumidores causadas por la fabricación y puesta en el mercado de productos defectuosos”1.
Para nuestro objetivo, no sólo nos basamos en lo señalado por la doctrina nacional, sino que también por la doctrina y jurisprudencia española, no solo en razón de su exhaustivo estudio por parte de la doctrina y vasta experiencia en la materia, sino que también, porque en el artículo 363 del Código Penal español se tipifica un delito muy similar a nuestro artículo 315.