Análisis jurídico del artículo 61 de la Ley no. 20.000
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Morales Robles, Eduardo
Author
dc.contributor.author
Grez Morel, Lucas
Admission date
dc.date.accessioned
2019-04-03T19:51:04Z
Available date
dc.date.available
2019-04-03T19:51:04Z
Publication date
dc.date.issued
2019
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/167961
General note
dc.description
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
es_ES
Abstract
dc.description.abstract
El presente trabajo trata sobre el origen, fundamento, sentido y alcance del artículo 61 de la ley N°20.000, según el cual se establece que a los abogados que se desempeñen como funcionarios o empleados a cualquier título en la Administración del Estado les estará prohibido ejercer la defensa o representación de personas imputadas por delitos contemplados en la ley que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes, so pena de ser sancionados con la destitución del cargo, la cesación del contrato u otra medida disciplinaria dependiendo de la gravedad de la conducta que se le atribuye al imputado patrocinado o representado.
Dicha norma encuentra su origen y fundamento en la política criminal de corte represivo- preventivo sobre control de drogas imperante en el mundo, la cual, además de haber generado distintos instrumentos internacionales sobre la materia, ha ejercido una influencia sustancial sobre el ordenamiento jurídico chileno. En ese sentido, intentaremos dilucidar si el precepto en comento se ajusta o no a lo dispuesto en nuestra Carta Fundamental, toda vez que su aplicación implica la restricción de ciertos derechos y libertades fundamentales consagrados por nuestra Constitución.