Abstract | dc.description.abstract | El presente trabajo tiene como finalidad analizar la suficiencia de la normativa antielusiva chilena para la prevención de la utilización abusiva de los contratos de derivados, con la única finalidad de disminuir la carga tributaria de uno o más contribuyentes. Para ello se analizará la naturaleza y fundamentos económicos para la suscripción de este tipo de instrumentos y los distintos tipos de contratos de derivados, especialmente aquellos más usados como son los contratos de Opciones, Futuros, Swaps y Forwards. Asimismo, se analizará el tratamiento tributario de los mencionados contratos a la luz de la Ley N° 20.544 del año 2011 que regula el tratamiento tributario de este tipo de instrumentos así como el tratamiento tributario que han tenido esta clase de contratos en el derecho comparado.
En el segundo capítulo se analizarán brevemente las normas antielusivas existentes en la legislación chilena, especiales y generales, así como aquellas limitaciones establecidas en el Convenio Multilateral, aplicable a las disposiciones de los Convenios de Doble Imposición suscritos por Chile, tendientes a evitar la utilización abusiva de los mencionados convenios.
Finalmente, se analizará la suficiencia de la normativa antielusiva, general y especial, contenida en la legislación nacional, a la luz de las recomendaciones de las acciones N° 4 y 5 BEPS las cuales buscan limitar la rebaja abusiva de intereses y montos que se asemejen a éstos y a la exigencia de la realización de una actividad sustancial para la deducción de gastos en determinadas jurisdicciones, así como la propuesta de soluciones para un adecuado control de los ingresos y gastos. | es_ES |