Indemnización por término anticipado del contrato de trabajo del deportista profesional
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Juri Sabag, Ricardo
Author
dc.contributor.author
Galleguillos Zamora, Diego Orlando
Admission date
dc.date.accessioned
2021-01-05T21:38:00Z
Available date
dc.date.available
2021-01-05T21:38:00Z
Publication date
dc.date.issued
2020
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/178199
General note
dc.description
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
es_ES
Abstract
dc.description.abstract
En este trabajo se propone un análisis crítico en torno a las denominadas las transferencias en el fútbol profesional desde una perspectiva del Derecho Laboral, poniendo especial énfasis en el fenómeno de la laboralización de los servicios prestados por los jugadores profesionales de fútbol y a la actual influencia de la relación laboral en los aspectos económicos de las cesiones definitivas.
El 25 de abril del año 2007, se publicó la ley N°20.178, que regula la relación laboral de los deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas, en el artículo 152 bis I del Código del Trabajo se incluyó la regulación respecto de las cesiones definitivas. Sin embargo, no se reglamentó expresamente el contrato de transferencia o cesión definitiva, sólo se aclara que el monto de dinero acordado entre una entidad deportiva y otra se paga con el propósito de concluir de manera anticipada el contrato de trabajo.
De esta forma, el acuerdo sobre este monto de dinero, comúnmente asociado al pago del precio en un contrato comercial de transferencia, ciertamente constituye una verdadera causal especial de término de la relación laboral, particularmente establecida para esta categoría especial de trabajadores, como son los deportistas profesionales. Lo anterior, se ha plasmado en nuestra legislación laboral en los siguientes términos, la indemnización por termino anticipado de contrato contemplada en el artículo 152 bis I del Código del Trabajo, pone fin al contrato de trabajo y produce la libertad de acción del deportista profesional.
A partir del presupuesto de que la terminación del contrato de trabajo produce la libertad de acción del deportista profesional, resulta esencial determinar desde que momento se considera concluido el vínculo laboral entre el deportista profesional y el club empleador. A su vez, se plantea la necesidad de una interpretación armónica en cuanto a la legislación nacional, la normativa actual de FIFA respecto de las transferencias de jugadores y doctrina ligada al Derecho Deportivo, poniendo especial énfasis en la distinción entre el contrato de transferencia, contrato de trabajo, derechos federativos y derechos económicos