Discriminación en el empleo por motivos de religión o creencias
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Huméres Noguer, Héctor
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Fernández Omar, Verónica
Author
dc.contributor.author
Fuentes Quezada, Carolina Vanessa
Admission date
dc.date.accessioned
2021-05-04T23:25:22Z
Available date
dc.date.available
2021-05-04T23:25:22Z
Publication date
dc.date.issued
2021
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/179431
General note
dc.description
Memoria para optar al grado de Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales
es_ES
Abstract
dc.description.abstract
La religión o la creencia, para quienes la profesan, constituye uno de los elementos fundamentales de su concepción de la vida, un rasgo trascendental e intrínseco de su personalidad.
Uno de los ámbitos en los cuales puede revelarse el vivir conforme a las propias creencias es el trabajo, donde confluyen la faceta de creyente y de trabajador y pueden presentarse conflictos entre la manifestación de la religión -a través de sus prácticas y observancias- y el poder de dirección del empleador. En este sentido, resulta relevante revisar el tema de la discriminación en el empleo por motivos de religión o de creencias, frente al mandato de la legislación laboral que prescribe que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona.
Si bien el legislador ha estimado a la religión y a las creencias como motivos respecto de los cuales pueden verificarse actos discriminatorios contrarios a los principios de las leyes laborales, y a la libertad religiosa dentro de uno de los derechos fundamentales respecto de los cuales puede invocarse el procedimiento de tutela laboral, la protección de este derecho se concentra más bien en la etapa post ocupacional.
En este trabajo se revisará cómo se hace operativa la protección que la normativa vigente -en el derecho internacional, comparado y en Chile- ha establecido para el derecho a la no discriminación y el derecho a la libertad religiosa, en el lugar de empleo, con la finalidad de que los trabajadores no sean afectados por conductas discriminatorias basadas en la religión o las convicciones, y si es posible el reconocimiento del ejercicio de la libertad religiosa a través de garantías, es decir, si existe un derecho a comportarse en lo posible de acuerdo a las propias convicciones también en el lugar de trabajo