El derecho a la identidad y las problemáticas de las acciones de filiación en relación a su prescriptibilidad
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Albornoz Pollman, Laura
Author
dc.contributor.author
Beltrán Ferrada, Eduardo Antonio
Admission date
dc.date.accessioned
2021-09-24T23:50:16Z
Available date
dc.date.available
2021-09-24T23:50:16Z
Publication date
dc.date.issued
2021-08
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/182119
General note
dc.description
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
es_ES
Abstract
dc.description.abstract
La Convención de Derechos del Niño es un importante instrumento internacional en el marco del proceso emprendido por los estados con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial, en cuya virtud se suscribieron tratados que asegurasen a las personas un estatuto mínimo de derechos individuales que fueren inherentes a la condición de ser humano, a fin de no replicar los horrores de la primera mitad del siglo XX.
Desde su reconocimiento por parte del Estado de Chile en 1990, que determinó la creación de la Ley 19.585, promulgada en 1998 y que constituye la última modificación del Código Civil en materia de filiación, se han desplegado en nuestra legislación y en la práctica judicial, un catálogo de acciones destinadas a tutelar y proteger los derechos mencionados en la aludida Convención, denominadas ‘acciones de filiación’. Entre ellas, podemos mencionar la acción de reclamación e impugnación de paternidad, siendo la primera de carácter imprescriptible, de la mano con la imprescriptibilidad del derecho a la identidad de toda persona, sin embargo, la acción de impugnación de paternidad presenta plazos, que serán objeto de análisis.
La presente investigación se propone analizar de forma crítica el estatuto de acciones filiativas en Chile, en especial la acción de impugnación de paternidad en cuanto a su prescriptibilidad y los eventuales problemas o roces que ello eventualmente pudiere generar con los derechos garantizados por la Declaración de Derechos del Niño y asumidos por el Estado de Chile hace ya casi dos décadas, así como también escrudiñar en posibles o eventuales soluciones a tales situaciones, mediante la experiencia comparada