Durante la Guerra de Vietnam se observó una destrucción ambiental sin precedentes justificada en fines militares, la cual dio paso al acuñamiento de la voz “ecocidio” por parte del biólogo Arthur W. Galson para señalar la destrucción deliberada y permanente del medioambiente1. Desde el inicio del ecocidio, relacionado al tiempo de guerra, hasta tesis maximalistas más contemporáneas2, se ha buscado doctrinariamente crear una figura jurídica poderosa para atajar la impunidad ambiental3.
En este trabajo me aproximaré a la discusión respecto a tipificar penalmente el ecocidio mediante un análisis del ecocidio y el Proyecto de Ley Boletín 14537-12 en nuestro país para detener los cada vez más frecuentes daños masivos al medioambiente, que ha traído la pérdida de ecosistemas con riesgo para la habitabilidad de poblaciones enteras, como lo ha sido el caso Quintero-Puchuncaví, donde la normativa no ha proporcionado alguna solución a las intoxicaciones masivas4, lo que sumado a las grandes falencias en materia de dictación y fiscalización de normativa ambiental crea una gran sensación de impunidad que debe ser resarcida
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