Abstract | dc.description.abstract | La presente investigación tiene como objeto de estudio algunas fuentes autónomas o fuentes tradicionales principales del Derecho Internacional de los Derecho Humanos: tratados, costumbre y principios generales del derecho, esto en razón de la necesidad de delimitación del área de estudio y de la importancia que estas fuentes han adquirido, ya que estas son las principales fuentes que en general son utilizadas en la protección de los Derechos Humanos en el ámbito interno, es decir, que suelen ser la fuentes a las cuales acuden los tribunales para resolver controversias relativas a los derechos de las personas y grupos en situación de vulnerabilidad.
Si bien se ha esbozado, como se verá más adelante, una lata discusión sobre la jerarquía de los tratados internacionales sobre Derechos Humanos, no ha ocurrido de igual manera con respecto a las otras fuentes nombradas, sin perjuicio de que la jurisprudencia ha aplicado estas fuentes a pesar de que no están expresamente contempladas en la Carta Fundamental
Esta investigación tendrá una metodología principalmente lógico-dogmática, haciendo uso también del método comparativo y su problema jurídico es que el actual artículo 5° inciso 2° de la Constitución Chilena ha generado problemas en cuanto a la recepción y aplicación de las fuentes del Derecho internacional de los Derechos Humanos, lo que ha provocado un vaivén jurisprudencial, por tanto, inseguridad jurídica respecto a la protección de los Derechos Humanos. Para ello, la hipótesis que se sostendrá es que debiera consagrarse en la Constitución una norma que incorpore las fuentes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, les otorgue jerarquía constitucional y permita consagrar el principio pro persona, debido a los problemas derivados del artículo 5° inciso 2° de la actual Constitución | es_ES |