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Professor Advisordc.contributor.advisorGómez de la Torre Vargas, Maricruz es_CL
Authordc.contributor.authorSánchez Guzmán, Verónica Amada es_CL
Staff editordc.contributor.editorFacultad de Derechoes_CL
Staff editordc.contributor.editorEscuela de Graduados de Derechoes_CL
Admission datedc.date.accessioned2012-09-12T18:36:56Z
Available datedc.date.available2012-09-12T18:36:56Z
Publication datedc.date.issued2009es_CL
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/106727
General notedc.descriptionMemoria (magister en derecho)
Abstractdc.description.abstractLa presente tesis, plantea la hipótesis sobre la procedencia o no de la acción de reclamación de filiación cuando el padre o madre ha fallecido. Para buscar una respuesta y adoptar una posición al respecto, decidimos iniciar el trabajo académico con el análisis de los principios rectores del actual sistema filiativo contenidos en la Ley de Filiación Nº 19.585 del año 1998 y, mediante su estudio, determinar si éstos tienen o no influencia en la solución de la hipótesis planteada. De igual manera y para el logro del objetivo, se estimó necesario desarrollar los conceptos fundamentales sobre filiación y sus clasificaciones atendiendo a su fuente: filiación biológica o por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida y adoptiva; si existe o no matrimonio de los padres: filiación matrimonial y no matrimonial; y si la filiación se encuentra determinada y no determinada. Luego se analizarán aspectos generales de las acciones de filiación como su concepto, características y clasificación. En relación al estudio de los medios probatorios en materia filiativa, se desarrolló un anexo que contiene, principalmente, los distintos tipos de prueba, en particular, el estudio del ADN (Ácido desoxirribonucleico) y su procedencia sobre cadáveres de los supuestos padres fallecidos, recurriendo a la doctrina y jurisprudencia nacional y extranjera disponible. Volviendo a la hipótesis planteada, se expondrán las doctrinas que en forma mayoritaria estiman que no procede la acción de reclamación de filiación contra los herederos por carecer de legitimación pasiva y, por otra parte, una parte minoritaria sostenida por los profesores René Ramos Pazos y Maricruz Gómez De la Torre Vargas, estiman que sí procede la acción de reclamación de filiación cuando el padre o madre ha fallecido, quienes las fundamentan desde perspectivas jurídicas distintas, como se desarrollará más adelante. Finalmente, se procederá al estudio jurisprudencial de la Excma. Corte Suprema durante los diez primero años de vigencia de la Ley de Filiación que reflejan el desarrollo y consolidación de la reforma al sistema filiativo chileno, plasmado en tres fallos.
Lenguagedc.language.isoeses_CL
Publisherdc.publisherUniversidad de Chilees_CL
Type of licensedc.rightsSánchez Guzmán, Verónica Amadaes_CL
Keywordsdc.subjectDerechoes_CL
Keywordsdc.subjectDerecho de familia Chilees_CL
Keywordsdc.subjectPatria potestad Chilees_CL
Keywordsdc.subjectPaternidad Chilees_CL
Títulodc.titleProcedencia de la acción de reclamación de paternidad o maternidad cuando el presunto padre o madre ha fallecido : un estudio doctrinario y jurisprudenciaes_CL
Document typedc.typeTesis


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