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Professor Advisordc.contributor.advisorJuri Sabag, Víctor
Authordc.contributor.authorSegura Hidalgo, Jorge Antonio 
Staff editordc.contributor.editorFacultad de Derecho
Staff editordc.contributor.editorDepartamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Admission datedc.date.accessioned2013-05-07T20:57:39Z
Available datedc.date.available2013-05-07T20:57:39Z
Publication datedc.date.issued2007
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/113243
General notedc.descriptionMemoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
General notedc.descriptionNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
Abstractdc.description.abstractDentro de todo este nuevo panorama bioético, promovido por la revolución tecnológica, surge una variable jurídica de considerable importancia: el consentimiento informado del paciente. Sea como quiera mirárselo o catalogárselo, el paciente es sujeto de derechos. Ya sea que se lo considere como titular del derecho humano a la salud, o como al cliente de una prestación profesional de salud, tiene el derecho a estar informado para con ello poder ejercer otro derecho que está estrictamente relacionado con aquél: el poder elegir, a partir de su información, tanto el servicio asistencial médico en que tratar su enfermedad, como el profesional médico con quien desea atenderse. Nuestra Constitución Política, en apariencia, no contiene la consagración de este derecho, ya que la expresa garantía del artículo 19 Nº 9 sólo se refiere a la protección de la salud, el libre e igualitario acceso a las acciones de salud, la protección y recuperación de la salud y rehabilitación del individuo. En seguida, la norma constitucional consagra deberes para el Estado, como es la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud; garantizar la ejecución de las acciones de salud. Por último consagra el derecho de toda persona a elegir el sistema de salud a que desea acogerse, estatal o privado La presente memoria busca abordar este problema y ver cómo el Plan de Acceso Universal de Garantías Explícitas (AUGE), con dos años de vigencia, se enmarca en los principios de un sistema de seguridad social.es_CL
Lenguagedc.language.isoeses_CL
Publisherdc.publisherUniversidad de Chilees_CL
Keywordsdc.subjectDerecho a la salud Chilees_CL
Keywordsdc.subjectSeguridad social Chilees_CL
Keywordsdc.subjectGarantías constitucionales Chilees_CL
Keywordsdc.subjectAtención a la salud Chilees_CL
Keywordsdc.subjectPacientes Situación jurídica Chilees_CL
Títulodc.titleEl plan de acceso universal de garantías explícitas de salud en el marco de los principios de un sistema de seguridad sociales_CL
Document typedc.typeTesis


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