Abstract | dc.description.abstract | El Código Procesal Penal que empezó a regir a partir del año 2000, trajo variados cambios en la investigación como en la tramitación de los procedimientos penales, mucho de los cuales han sido notorios, como la separación de funciones de quien investiga y quien juzga, la desformalización de la investigación, un control jurisdiccional intenso respecto a las garantías constitucionales que pueden verse afectadas en el ejercicio de la acción penal, mecanismos de salidas alternativas, oralidad, inmediación, publicidad y contradictoriedad, entre otras modificaciones. Sin embargo, hay ciertos temas que si bien han variado su forma de hacerlos valer en juicio, siguen vigentes, como la institución de los informes periciales y, en definitiva, todo el sistema probatorio. Desde ya debemos señalar que en el nuevo sistema, aparece más apropiado llamar a los informes periciales prueba pericial, pues los informes no son prueba por regla general, aunque dicha terminología la usa el código procesal penal, en nuestra opinión de manera inapropiada. Esta materia, ha tenido una creciente aplicación en Chile y, en la medida que los juicios se vuelven más complejos, este tipo de prueba aparece cada vez más relevante y su importancia no deja de ser menor, pues un perito en alguna materia de alta complejidad puede llegar hacer decisivo en la resolución jurisdiccional y, por tanto, ello demanda a los intervinientes una preparación mas acuciosa y a los tribunales un conocimiento acabado sobre la procedencia de las pericias y su valoración y, por otro lado, un uso excesivo de pericias genera costos del juicio a veces innecesarios y dilaciones del mismo. | en_US |