El abono de las medidas cautelares personales a la pena privativa de libertad : el problemático caso del abono en causa diversa
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Carbonell Bellolio, Flavia
Author
dc.contributor.author
Meza Valenzuela, Francisco Javier
Author
dc.contributor.author
Reveco Soto, Eduardo Miguel
Admission date
dc.date.accessioned
2018-07-26T21:12:57Z
Available date
dc.date.available
2018-07-26T21:12:57Z
Publication date
dc.date.issued
2018
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/150367
General note
dc.description
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
es_ES
Abstract
dc.description.abstract
En todos los sistemas en que se encuentra consagrada la institución del abono de las medidas cautelares personales a la pena, ésta apela a la reducción de la extensión de una pena impuesta cuando el condenado ya ha sido afectado por providencias cautelares que han limitado o restringido los mismos bienes jurídicos que serán limitados o restringidos como consecuencia del castigo penal. Siendo indiscutible que tal reducción debe tener por fundamento, al menos, la existencia de medidas adoptadas en el mismo proceso en que se impone la respectiva pena, se ha defendido la operatividad del “abono en causa diversa”, vale decir, del cómputo procedente en virtud de privaciones de libertad decretadas en procesos diversos de aquel en que se impone la pena susceptible de reducción en su extensión.
La presente tesis pretende abordar la figura del abono en causa diversa, con el fin de determinar si es procedente su operatividad en el ordenamiento nacional, limitando nuestro análisis al abono sobre penas, amén de temporales y divisibles, privativas de libertad. Para lograr tal objetivo, junto con un tratamiento general de la institución del abono, abordaremos la recepción del abono en causa diversa en la jurisprudencia y doctrina nacional y en algunas legislaciones extranjeras, representativas de las principales tendencias existentes a su respecto.
Se concluye que dicho abono sí es procedente en nuestro derecho, a la luz de la interpretación extensiva del artículo 26 del Código Penal. Este precepto, al tener incidencia en la vigencia de un derecho fundamental como es la libertad personal, debe interpretarse de un modo acorde a su mayor extensión y vigencia, como lo exige el respeto por la dignidad humana. Es esta interpretación extensiva la que permite incluir en el cómputo toda aprehensión cautelar padecida previamente por el sujeto, independientemente del proceso en que ha sido decretada.