Propuesta para la regulación jurídica de pasivos ambientales mineros: casos de relaves de Chañaral y Andacollo
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Montenegro Arriagada, Sergio
Author
dc.contributor.author
Toro Araos, Daniela Andrea
Admission date
dc.date.accessioned
2018-08-20T13:31:57Z
Available date
dc.date.available
2018-08-20T13:31:57Z
Publication date
dc.date.issued
2017
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/151082
General note
dc.description
Tesis (Magister en Derecho Ambiental)
es_ES
General note
dc.description
Actividad Formativa equivalente a tesis (AFET)
Abstract
dc.description.abstract
El abandono de faenas mineras en Chile, sin mayores regulaciones en el
pasado, ha ocasionado a través del tiempo la generación de pasivos
ambientales mineros (PAM), los que en algunos casos se conoce el dueño y en
otros no. Entre los años 2002 y 2014 se realizó un levantamiento y registro de
las faenas mineras abandonadas y/o paralizadas, cuyo resultado determinó que
en Chile existen en total 653 faenas, concentrándose cerca del 70% en norte de
nuestro país. Muchas de estas faenas presentan un riesgo para la salud de la
población y el medio ambiente, lo que puede provocar contaminación del aire,
agua, suelos, etc.
El Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) en convenios
de Cooperación con países como Alemania y Japón, han realizado estudios
respecto al estado de las faenas mineras abandonadas y/o paralizadas,
centrándose en aspectos técnicos para evaluar el riesgo que éstas presentan.
Como resultado de una de estos convenios, se realizó un Anteproyecto de Ley
para el manejo de los PAM, el cual no prosperó. Este Anteproyecto, presenta
ciertos aspectos que pueden ser mejorados, sobretodo en temas relacionados
con la asignación de responsabilidades, el financiamiento, y el procedimiento de
remediación.
Debido a lo anteriormente expuesto el presente trabajo pretende indagar en
el marco jurídico nacional y en experiencias internacionales, para determinar un
mecanismo que permita hacerse cargo de los PAM que presenten un riesgo
significativo para el medio ambiente y/o la salud de la población, previo a la
entrada en vigencia de la Ley 20.551