Show simple item record

Professor Advisordc.contributor.advisorDelcorto Pacheco, Christian
Authordc.contributor.authorBurgos Arredondo, Jorge Arturo 
Admission datedc.date.accessioned2019-03-05T15:41:30Z
Available datedc.date.available2019-03-05T15:41:30Z
Publication datedc.date.issued2017-09
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/164053
General notedc.descriptionTESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓNes_ES
Abstractdc.description.abstractLa Reforma tributaria creada con las leyes N° 20.780 y N° 20.899 tenía como objetivos; aumentar la carga tributaria en 3% del PIB, para financiar con ingresos permanentes gastos permanentes como lo sería la educación; avanzar en equidad tributaria mejorando la distribución del ingreso e introducir nuevos y más eficientes incentivos de ahorro a la inversión; impulsar medidas para disminuir la evasión y elusión. Para lograr lo antes señalado se efectuaron diversos cambios al sistema tributario, dentro de los más importantes destaca la creación de nuevos regímenes de renta, eliminación del FUT y la creación del Impuesto Sustitutivo al FUT, algunos beneficios para las micro, pequeñas y medianas empresas; postergación del pago del IVA; Sistema de Tributación Simplificada 14 ter y modificaciones en la ley de IVA específicamente en materia inmobiliaria y una de las más importantes que corresponde la introducción de la norma general anti elusión. Es así como en este contexto se instó la incorporación de un régimen opcional, transitorio y más beneficioso para los contribuyentes de impuestos finales denominado “Impuesto Sustitutivo al FUT” estableciendo un gravamen único a las rentas acumuladas en el FUT o al saldo de retiros en exceso que existiese en tal registro a determinadas fecha, que cumpliendo requisitos remplazaría en el caso del socio o accionista su tributación final, ya sea adicional o el impuesto global complementario. Es así como en los casos que una entidad se acogiese al régimen señalado en el párrafo anterior se podía optar a la aplicación de una tasa fija equivalente al del 32%, que permitiría a las utilidades retenidas ser retiradas, remesadas o distribuidas en la oportunidad que se estime conveniente, con preferencia a cualquier otra suma y sin considerar las reglas de imputación que establezca la ley sobre impuesto a la renta vigente a la fecha del retiro, remesa o distribución, y respecto de ellas no deberá practicarse retención de Impuesto Adicional por las remesas a contribuyentes afectos a dicho tributo siendo este impuesto pagado por la sociedad que se acoge al ISF. Este régimen opcional permitió que un alto número de empresas se acogieran al régimen transitorio y decidieran acogerse el ISF, que generó una recaudación fiscal con un aumento significativo en los años que estuvo vigente y, además, facilitó la adaptación de los contribuyentes a los nuevos regímenes tributarios a la renta. De lo anterior, se podría entender que este impuesto tuvo una importancia económica, debido a que permitió que dineros que estaban empozados en las compañías y que se había decido provisoriamente no tributar, tributaran. Es más, el monto recaudado corresponde a la cantidad de $485.638 millones de dólares, que en gran medida provienen de personas jurídicas acogidas a la tasa fija del 32%. Por otro lado, se da el caso de sociedades acogidas al ISF que sus socios o accionistas y el mismo proyecto (sociedad) suscribieron un contrato-ley con el Estado de Chile mientras se encontraba vigente el régimen para inversionistas extranjeros consagrados en el DL N° 600. Si bien, en su momento este tipo de contrato-ley fueron un mecanismo legal destinado a proveer certeza jurídica a la inversión extranjera que se canaliza a través del mismo, que fue fundamental para atraer la inversión extranjera entre la década del 1980 y 2010, atrayendo inversiones en sectores económicos como minería, electricidad, agua, sanitaria o carreteras. Los proyectos e inversionistas que suscribieron DL N° 600, gozan de un derecho que corresponde a un régimen de invariabilidad tributaria con tasa efectiva del 42% por una cantidad limitada de años, lo que implicaría que su carga total a tributar alcanzaría a dicha tasa y no podría ser la tasa de impuesto adicional ni tampoco la tasa del ISF. Por lo anterior, esta tesis busca resolver un problema de armonización del régimen del ISF y el régimen de invariabilidad tributaria consagrado en los artículos 7 y/o 11 bis del DL N° 600.es_ES
Lenguagedc.language.isoeses_ES
Publisherdc.publisherUniversidad de Chilees_ES
Type of licensedc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile*
Link to Licensedc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/*
Keywordsdc.subjectTributación - Chile.es_ES
Keywordsdc.subjectFUTes_ES
Keywordsdc.subjectReforma tributaria
Area Temáticadc.subject.otherTributaciónes_ES
Títulodc.titleImpuesto sustitutivo al FUT con tasa del 32% y régimen de invariabilidad tributaria con tasa efectiva del 42 %es_ES
Document typedc.typeTesis
Catalogueruchile.catalogadormsaes_ES
Departmentuchile.departamentoEscuela de Postgradoes_ES
Facultyuchile.facultadFacultad de Economía y Negocioses_ES


Files in this item

Icon

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record

Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile
Except where otherwise noted, this item's license is described as Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile