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Professor Advisordc.contributor.advisorEndress Gómez, Sergio
Authordc.contributor.authorCortez Cornejo, Edgardo Felipe
Admission datedc.date.accessioned2025-07-30T20:12:11Z
Available datedc.date.available2025-07-30T20:12:11Z
Publication datedc.date.issued2024
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/205961
Abstractdc.description.abstractEste trabajo aborda la problemática de la elusión tributaria en Chile, buscando distinguirla del delito tributario, mediante el análisis de bibliografía, dogmática y doctrina. El objetivo principal es identificar cuándo el Servicio de Impuestos Internos debe aplicar la vía administrativa y cuándo la vía penal ante una conducta tributaria. Esto mediante un análisis de figuras jurídicas relacionadas con la elusión, como el fraude civil, el fraude a la ley y el fraude penal, buscando diferenciarlas conceptualmente, se examina la elusión tributaria desde una perspectiva doctrinaria y comparada, analizando su regulación en Chile y España, se analiza el artículo 97 número 4 del Código Tributario, que tipifica el delito tributario, y su relación con la elusión, se explora la estructura de la teoría del delito en relación con la elusión y el delito tributario, diferenciando delitos de resultado y de mera actividad y lo relaciona con la intencionalidad del contribuyente como elemento diferenciador entre elusión y delito, para terminar comparando las conductas sancionadas en la elusión y el delito tributario, identificando sus diferencias y similitudes. Se discute si la intención del contribuyente es necesaria para configurar la elusión. Algunos autores sostienen que la elusión puede ser objetiva, mientras que otros argumentan que la intención de eludir es esencial. En el delito tributario, la intencionalidad se presume. Respecto de la estructura, en la elusión, al igual que el delito, cumple con la tipicidad al estar descrita en la ley, pero se diferencia en que su sanción es administrativa y no penal. La elusión se considera un delito de "mera actividad" ya que no exige un resultado específico. La elusión, aunque busca reducir la carga tributaria de forma artificial, no puede considerarse delito en Chile ya que se sanciona administrativamente. El delito tributario busca evitar el fraude al fisco, mientras que la elusión busca evitar la carga tributaria utilizando medios legales de forma distorsionada. La principal diferencia radica en la intencionalidad y la naturaleza de las acciones realizada. a pesar de cumplir con el principio de tipicidad, no puede ser considerada delito debido a que su sanción es administrativa y no penal. La diferencia clave entre elusión y delito tributario radica en la intencionalidad del contribuyente y en la naturaleza de las acciones realizadas, con la elusión como un abuso o simulación y el delito tributario como un acto fraudulentoes_ES
Lenguagedc.language.isoeses_ES
Publisherdc.publisherUniversidad de Chilees_ES
Type of licensedc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
Link to Licensedc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
Títulodc.titleLa elusión tributaria como delitoes_ES
Document typedc.typeTesises_ES
dc.description.versiondc.description.versionVersión original del autores_ES
dcterms.accessRightsdcterms.accessRightsAcceso abiertoes_ES
Catalogueruchile.catalogadorpgnes_ES
Departmentuchile.departamentoDepartamento de Derecho Económicoes_ES
Facultyuchile.facultadFacultad de Derechoes_ES
uchile.carrerauchile.carreraDerechoes_ES
uchile.gradoacademicouchile.gradoacademicoLicenciadoes_ES
uchile.notadetesisuchile.notadetesisMemoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Socialeses_ES


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