Abstract | dc.description.abstract | El propósito de esta memoria es tratar de dar una visión de conjunto a través de las distintas fuentes jurídicas y literales de la jurisdicción denominada voluntaria de diversas épocas.
Como es sabido, continua siendo un tema polémico hasta nuestros días por cuanto no se ha podido determinar en forma indubitada cuál es el origen, contenido y naturaleza jurídica del instituto que nos ocupa.
De la romanística han surgido distintas opiniones acerca de la naturaleza misma de la jurisdicción voluntaria: Por una parte, ha sido considerada como una verdadera actividad jurisdiccional ejercida por los magistrados competentes; desde otro punto de vista, se le ha atribuido un carácter administrativo y, finalmente también ha sido tratada como una actividad sustancialmente administrativa desarrollada bajo formas jurisdiccionales y se ha afirmado, asimismo, que la jurisdicción voluntaria se encuadraría en una zona limítrofe entre la función jurisdiccional y la función administrativa. Se ha propugnado también, por parte de la doctrina, su individualización como categoría o actividad autónoma – como tertius genus” entre administración y jurisdicción -, caracterizada por la circunstancia de actuarse una función pública sobre relaciones o intereses jurídicos privados. Incluso se ha llegado a afirmar, en la doctrina italiana, que la jurisdicción voluntaria tiene hoy un valor sólo convencional, y que no cabe hablar, en relación con los actos que se encuentran dentro de la misma, ni de jurisdicción ni de voluntariedad. | es_CL |