Eliminación de la incapacidad absoluta que afecta al sordomudo analfabeto
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2003Metadata
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Schmidt Hott, Claudia
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Eliminación de la incapacidad absoluta que afecta al sordomudo analfabeto
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Abstract
La capacidad es dentro del Derecho uno de los temas más relevantes,
ya que determina la validez de un determinado acto o contrato en la medida
que quien lo ejecuta no calce en ciertos supuestos de hecho que la ley ha
consagrado.
En los distintos ámbitos en que recibe aplicación, podemos decir que la
capacidad no siempre es uniforme, sino que depende de los requisitos que a su
respecto haya establecido el legislador. Junto con ello hemos de señalar que la
doctrina clásica reconoce dos tipos de capacidad, uno de los cuales
corresponde a un atributo de la personalidad y por lo tanto, consustancial al ser
humano por el sólo hecho de serlo.
Sin embargo, tratándose del otro tipo de capacidad, -la de ejercicio- se
han establecido limitaciones de carácter general considerando básicamente los
factores enfermedad (física o mental) y la impubertad.
Es así como llegamos a los sordomudos analfabetos, cuya incapacidad
absoluta fue establecida desde antiguo por la mayoría de las legislaciones
herederas de la tradición romana-continental.
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En este trabajo además de conocer los motivos que llevaron al legislador
a consagrarla, veremos de qué manera se justifica o no su permanencia en
nuestro ordenamiento jurídico, su relación con la discapacidad en general, y las
medidas a nivel legislativo y de cuerpo social que se han propuesto para
eliminarla o modificarla, y de qué manera ello se ve influido por las corrientes
filosóficas y sociológicas actuales.
Junto con lo anterior, haremos un estudio de la legislación comparada
para determinar la posición de la nuestra a nivel de respeto y promoción de los
valores y principios a los cuales Chile ha adscrito dentro del concierto mundial.
Para nuestro propósito, hemos decidido situar a la capacidad dentro del
contexto del ente que constituye el principio y fin del Derecho: la persona
humana. Revisaremos sus atributos, derechos y prerrogativas, así como las
limitaciones a las que se encuentra sujeto, ya sea por la ley, por sus
condiciones físicas o mentales o por la sociedad en la que participa y se
desenvuelve.
Sólo una vez que hayamos conocido y analizado en forma crítica las
circunstancias que rodearon –y rodean- a la incapacidad absoluta de los
sordomudos que no pueden darse a entender por escrito, estaremos en
condiciones de afirmar con mayor propiedad, si se trata de una circunstancia
cuya permanencia se encuentra justificada, o si, por el contrario, debe
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modificarse en forma urgente por resultar lesiva de los Derechos
fundamentales de las personas.
Cualquiera sea la conclusión a la que lleguemos, hemos de considerar
las palabras contenidas en el Mensaje del Código Civil: “Por completo y
perfecto que se suponga un cuerpo de legislación, la mudanza de las
costumbres, el progreso mismo de la civilización, las vicisitudes políticas, la
inmigración de ideas nuevas, precursoras de nuevas instituciones, los
descubrimientos científicos y sus aplicaciones a las artes y a la vida práctica,
los abusos que introduce la mala fe, fecunda en arbitrios para eludir las
precauciones legales, provocan sin cesar providencias, que se acumulan a las
anteriores, interpretándolas, adicionándolas, modificándolas, derogándolas,
hasta que por fin se hace necesario refundir esta masa confusa de elementos
diversos, incoherentes y contradictorios, dándoles consistencia y armonía y
poniéndolos en relación con las formas vivientes del orden social.”
General note
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Identifier
URI: https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/115202
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