Abstract | dc.description.abstract | En la década de los setenta vimos una
innovación en forma del mercado de
letras hipotecarias emitidas por los
bancos comerciales, pero representativo
de una securitización tipo dentro de
balance, cuya principal ventaja para los
bancos consistió en transferir el riesgo
de tasa de interés al inversionista final,
reteniendo sin embargo los créditos y
las hipotecas, lo que obligó a estas
empresas bancarias a repactar con los
deudores en los años difíciles de
comienzos de los ochenta.
La securitización fuera de balance fue
impracticable en Chile hasta la década
de los noventa, dado el ordenamiento
jurídico chileno de Códigos en ausencia
de una ley que facilitara la creación de
entidades securitizadoras de propósito
especial o único, que permitirían la
separación de patrimonio y riesgos entre
securitizadora adquirente de activos y
bancos u otros entes originadores de los mismos. La ley de Mercado de
Capitales vigente no autorizaba ni
definía estas sociedades, y sólo en el año
1994 una reforma de dicha ley permitió
la creación de entidades securitizadoras.
Sin embargo, esta reforma sólo permitía
la securitización de letras y mutuos
hipotecarios autorizados por el DFL 251
(1931); mutuos hipotecarios endosables
autorizados. Posteriores autorizaciones
han ampliado considerablemente el
espectro de activos susceptibles de ser
securitizados, por ejemplo sería hoy el
caso de saldos de tarjetas de crédito de
casas comerciales, crédito automotriz,
pasajes aéreos, retornos de exportación,
créditos provenientes de concesiones
MOP de obras de infraestructura, y
tantas otras. Finalmente, en 1999 se
permitió el registro de bonos
securitizados en la SVS bajo el concepto
de shelf registration, en el que el emisor
no requiere haber terminado el acopio
de los activos que respaldan la emisión
para poder registrarla, basta con una
descripción de las características de esos
activos. La gran ventaja de este tipo de
registro radica en que el emisor de
bonos securitizados puede evitar
exponerse al riesgo de tasas de interés
que implica mantener los activos de
respaldo en su propio balance hasta que
pueda registrar y vender los bonos
securitizados. En nuestra opinión, estos
desarrollos recientes en la normativa
debieran permitir un impulso de esta
innovación financiera que ha resultado
tan exitosa en otras economías. | en |