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Professor Advisordc.contributor.advisorInsunza Corvalán, Ximena 
Authordc.contributor.authorArriagada Ruiz, Nicolás Enrique 
Staff editordc.contributor.editorFacultad de Derecho
Staff editordc.contributor.editorDepartamento de Derecho Público
Admission datedc.date.accessioned2015-03-27T15:11:03Z
Available datedc.date.available2015-03-27T15:11:03Z
Publication datedc.date.issued2014
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/129678
General notedc.descriptionMemoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Abstractdc.description.abstractEl Capítulo I “La sociedad, el conflicto y sus formas de solución” brinda las nociones básicas para comprender cómo los conflictos inciden en el comportamiento de la sociedad. En este sentido, se hace indispensable determinar cuándo las controversias adquieren una relevancia tal que obligan al cuerpo social a adoptar medidas de solución que propendan al respeto de los derechos particulares y a la debida observancia del ordenamiento jurídico. Por ello, se estudian los tres métodos de solución de conflictos, a saber, la autotutela, la autocomposición y la heterocomposición. El Capítulo II “El Conflicto Ambiental” aborda el estudio de esta clase de controversias desde una perspectiva sociológica. Se trata entonces de una delimitación de su análisis a la generalidad de las controversias en que se suscitan en el seno de la sociedad, sin analizar su contenido desde el ámbito jurídico. De esta forma, se ve qué rol cumplen el Estado, la comunidad y los sectores productivos en la génesis, desarrollo y solución en lo que se denomina “conflictos socioambientales”. Finalmente, se analiza cómo el Sistema Normativo Ambiental vigente en nuestro país se hace cargo de estas controversias, determinando en qué momento éstas son jurídicamente trascendentes. El Capítulo III “El Litigio Ambiental” estudia los conflictos ambientales desde una perspectiva jurídica. El objetivo es establecer qué características lo diferencian de los conflictos ambientales, pues entre éstos y aquellos existe una relación de género a especie. En consecuencia, y valiéndome de la Ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales, se establece cuál es el objeto de la pretensión y quiénes son los sujetos activos y pasivos de estos litigios. Seguidamente, se proponen tres funciones que deberá ejercer la Judicatura Ambiental en el conocimiento de los litigios ambientales: la función revisora, la función contralora y la función instructora. Para cada una de ellas se presenta su forma de ejercicio, así como sus consecuencias en la tramitación de estos procedimientos. Finalmente, se analizan los mecanismos de solución de conflictos que prescribe la LTA. En lo que respecta a la conciliación en los procedimientos de reparación del medio ambiente dañado, se recurrirá a lo dispuesto ii en el Código de Procedimiento Civil, pues la naturaleza de esta institución procesal como trámite esencial de primera instancia en los juicios ordinarios de mayor cuantía le es aplicable a la conciliación tratada en la Ley 20.600, habida consideración del carácter general y supletorio del procedimiento contemplado en el Código Adjetivo. En cuanto a los demás procedimientos que estatuye la ley en comento, su estudio se aborda desde los Principios Formativos del Procedimiento, entregando al lector una visión acabada de las principales normas aplicables a la sustanciación de la litis. El Capítulo IV “La Independencia y la Imparcialidad de la Judicatura Ambiental” examina cómo la Ley 20.600 recoge los derechos y garantías que emanan del Debido Proceso. Para ello, se revisa el catálogo de facultades que propone la doctrina estableciendo cuál es el artículo que la recoge. Luego, se estudia la Independencia de los Tribunales Ambientales en su triple acepción, es decir, la independencia orgánica, funcional y personal de los órganos jurisdiccionales, con el objeto de determinar si la Ley que crea los Tribunales Ambientales tiene la aptitud suficiente para asegurar la independencia de esta judicatura especializada. Finalmente, se analiza la imparcialidad de los Tribunales Ambientales y qué actitud debiesen tomar sus Ministros en el conocimiento de los litigios ambientales. El Capítulo V “Los Ministros de la Judicatura Ambiental” pretende analizar desde una perspectiva práctica los estándares de independencia e imparcialidad contemplados en la Ley 20.600, y comprobar su aptitud para asegurar, en la labor jurisdiccional, los principios señalados. Para ello, se examinan los requisitos para acceder al cargo de Ministro, su sistema de nombramiento, las inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones que deben observar en su ejercicio, así como las causales de cesación en el cargo. En base a este estudio, se determinan los aciertos y las falencias del modelo regulatorio escogidoen_US
Lenguagedc.language.isoesen_US
Publisherdc.publisherUniversidad de Chileen_US
Type of licensedc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Chile*
Link to Licensedc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/*
Keywordsdc.subjectChile. Ley no. 20.600en_US
Keywordsdc.subjectResolución de disputas (Derecho ambiental) Chileen_US
Keywordsdc.subjectDerecho ambiental Chileen_US
Keywordsdc.subjectDebido proceso Chileen_US
Keywordsdc.subjectTribunales ambientales Chileen_US
Títulodc.titleEl conflicto ambiental ante los ministros de la judicatura ambientalen_US
Document typedc.typeTesis


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