Abstract | dc.description.abstract | La Ley N° 20.78019
, de 2014 sobre Reforma Tributaria, introduce un nuevo beneficio
contra el impuesto global complementario, el cual consiste en postergar la tributación
de los réditos obtenidos en instrumentos de ahorro, a contar del 1 de octubre de 2014.
El nuevo incentivo tributario, se encuentra regulado en el nuevo artículo 54 bis de la
Ley sobre Impuesto a la Renta, en donde se establecen los requisitos a cumplir por
aquellos contribuyentes que desean acogerse a dicho beneficio.
El objetivo del artículo 54 bis, es incentivar el ahorro de los contribuyentes, para lo
cual, no se considerará los réditos obtenidos por los contribuyentes, mientras éstos no
sean retirados y se efectúe la reinversión de dichos réditos en otros instrumentos de
ahorro.
Se destaca, que el beneficio sólo consiste en una postergación de la tributación de los
réditos obtenidos, puesto que una vez que dichos réditos sean retirados, deberán
19 Ley N° 20.780, Reforma Tributaria que modifica el sistema de tributación de la renta e
introduce diversos ajustes en el sistema tributario, P.D.O. el 29/09/2014
Legislación Tributaria Aplicada Nuevo beneficio contra el Impuesto Global Complementario
Departamento Control de Gestión y Sistemas de Información – FEN UChile 122
tributar con el impuesto global complementario, ya sea aplicando las normas generales
(tasa del periodo), o pudiendo utilizar la tasa promedio de dicho impuesto.
Dado lo anterior, en el presente artículo, se analizará el beneficio establecido en el
artículo 54 bis de la LIR. | en_US |