Abstract | dc.description.abstract | En una economía global, los actores económicos privilegian aquellos países que
prueben ser más estables económicamente (Araneda, 1969, p.8), aumentando su
actividad económica en estos (Rodríguez, 2002, p.44).
Desde el inicio de la década de 1990, en el contexto del retorno a la democracia y
la apertura económica chilena al extranjero (Villalobos, 2001, p. 417) que dicho
cambio político conllevó, Chile ha experimentado un proceso paulatino y constante,
no libre de contracciones, de crecimiento económico.
En las palabras de la González, “Chile, en lo referente al ambiente para hacer
negocios, se encuentra primero en América Latina y en un lugar privilegiado en el
mundo” (González, 2010, p. 99)1.
Así, las consecuencias jurídico-tributarias de que un agente económico realice
actividades en otro Estado adquieren importancia central. En este contexto, dos de
los principales mecanismos de inversión son:
- Llevar a cabo una inversión en una compañía existente, como socio o
accionista.
- Invirtiendo como sí mismo en otro país, es decir, mediante un
“establecimiento permanente” en el exterior.
En el desarrollo de este AFE nos enfocaremos en la segunda de estas alternativas.
Ahora bien, el objetivo general del presente AFE es analizar la institución del
establecimiento permanente de una empresa extranjera en Chile, a la luz de la
actual legislación chilena, el otrora planteamiento histórico del Servicio de
Impuestos Internos y su actual interpretación establecida en la Circular 57 de 07 de
diciembre de 2017, mostrando un cambio de forma sobre fondo a uno de fondo
sobre forma.
Adicionalmente, cabe destacar que para efecto del análisis objeto de esta AFE, las
hipótesis de “Agenciamiento” en Chile, derivado de la suscripción de un mandato
comercial con un agente en Chile no será considerada, limitándose el análisis la
hipótesis arriba describa.
Como se analizará, el otrora planteamiento histórico del Servicio de Impuestos
Internos se enfocaba principalmente en aspectos formales para determinar la
existencia de un Establecimiento Permanente de una empresa extranjera en Chile,
como lo era la mera comprobación de que el ente chileno pudiera cerrar negocios
en Chile. | es_ES |