La Ley N° 20.780 titulada “reforma tributaria que modifica el sistema de tributación
de la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario”, publicada con fecha
29 de septiembre del año 2014 (en adelante, la “Ley”), introdujo importantes
cambios al sistema de tributación imperante en Chile hasta el momento de su
publicación. Tales cambios supusieron no solo una modificación de normas
estructurales de la Ley sobre Impuesto a la Renta (“LIR”), sino que también la
incorporación de nuevas disposiciones que trascendieron a la sola discusión sobre
la integración de los impuestos empresariales (Impuesto de Primera Categoría) con
los impuestos finales (Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional).
Uno de los objetivos principales buscados por las normas incorporadas a la LIR, tal
como lo señala el mensaje presidencial mediante el cual se dio origen a la
tramitación legislativa de la Ley, es avanzar en medidas que disminuyan la elusión
y evasión tributaria. En efecto, aunque la Ley contempla otros tres objetivos
además del señalado, la disminución de la evasión y elusión tributaria resultaban
(y resultan hoy también) particularmente relevantes si se considera que
metodologías que permitieran una mayor recaudación -mediante una disminución
de la evasión y elusión tributaria- servirían económicamente también para las
diversas reformas no tributarias que el gobierno se había comprometido llevar a
cabo.
En ese contexto, quizás la modificación más importante a la LIR introducida por la
Ley fue la incorporación de los nuevos regímenes generales de tributación que
entraron en vigencia a partir del 1 de enero de 2017, y en los que es posible advertir
la pretensión del legislador tributario en orden a obtener una mayor recaudación a
través de sistemas que incluyen mecanismos destinados a evitar el diferimiento de
los impuestos finales de la LIR.