Crítica a la reincidencia propia desde los delitos de hurto y robo
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2019Metadata
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Abbott Matus, Luis Felipe
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Crítica a la reincidencia propia desde los delitos de hurto y robo
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Abstract
El artículo 5 número 6 de la Convención Americana de Derechos Humanos exige que las penas privativas de libertad tengan como fin esencial la reforma y la readaptación social de los condenados. La mera existencia de la reincidencia criminal obliga a analizar si la pena que inicialmente cumplió el sujeto por su primer delito fue realmente idónea para concretar este fin. Dicho examen, resulta aún más sugestivo si se realiza sobre el tipo de delitos cuya comisión es más frecuente en Chile, los delitos de hurto y robo, esto en virtud de la regulación que recibe la reincidencia en el ordenamiento penal, constituyendo para estos efectos una circunstancia agravante al momento de determinar la pena, excluye el grado mínimo en las penas mixtas o el mínimum en las penas de un solo grado tratándose en delitos contra la propiedad, e impide la aplicación de penas sustitutivas, de modo que la reincidencia a todas luces vuelve aún más reprochable la conducta. Pero si la sanción en sí no es apta para corregir la conducta desviada de quien ha delinquido, no parece racional agravar la reiteración de la conducta sólo porque ya fue reprochada una vez, por lo que resulta necesario examinar los factores causales de la reincidencia, el trato institucional que recibe, la idoneidad de la sanción y su respectiva ejecución, y finalmente la legitimidad misma de la regulación de la reincidencia
General note
Memoria de Prueba para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
Identifier
URI: https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/173110
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