Abstract | dc.description.abstract | Debido a la importancia de la industria minera, Chile busca atraer inversiones nacionales y
extranjeras para la explotación de sus recursos minerales. La minería cumple un rol fundamental
en la riqueza del país. En los últimos 20 años ha aportado un 10,9% del Producto Interno Bruto
(PIB); recientemente, el 2020 y 2021 su participación fue de un 12.3% y 15.2%, respectivamente
(Banco Central, 2022). Esta situación, se exacerba en regiones como Antofagasta y Atacama, donde
la minería entre el 2008 y 2014 aportó, en promedió, un 63%, y un 50% del PIB de tales regiones.
(Plusmining, 2017). Adicionalmente, la minería constituye un importante aporte a las arcas fiscales
y genera un efecto multiplicador, así entre los años 2008 y 2017, en promedio, por cada dólar del
PIB directo que generó, logró inducir 0,41 dólares del PIB indirecto. (Cochilco, 2020)
La importancia de esta actividad se refleja también, en su ordenamiento jurídico donde la legislación
y las políticas públicas en minería primaria1
están orientadas en aprovechar al máximo los recursos
mineros disponibles, atrayendo inversiones nacionales y extranjeras, para ese fin. Intentando un
adecuado equilibrio entre el interés general por aprovechar el recurso mineral y los intereses de los
particulares; el legislador optó por un sistema de concesiones mineras liberal y garante, que descansa
en la Constitución Política (CPE), la Ley Orgánica (LOC) sobre concesiones mineras (Ley 18.097),
el Código de Minería y su reglamento y el Decreto Ley 3525 (DL) que crea el Servicio Nacional de
Geología y Minería (Sernageomin). En estos cuerpos legales se regulan la adquisición y amparo de
las concesiones mineras, y los derechos que tendrá el titular para explorar (Concesión de
Exploración) y, en su caso, explotar (Concesión de Explotación o Pertenencia Minera) su
concesión, haciéndose dueño de los minerales extraídos.
Conforme el marco jurídico enunciado, en Chile, el Estado es propietario de todas las minas,
cualquiera sea el dominio del predio superficial donde se encuentren, y las da en concesión para su
exploración o explotación mediante un procedimiento judicial. Otorgada la concesión, los titulares
gozan de un derecho real de propiedad oponible al Estado y a terceros, teniendo como única
obligación, para conservar este derecho, el pago de una patente anual.
Este sistema de constitución y amparo de concesiones mineras permitió durante las décadas
anteriores un óptimo y eficiente desarrollo de la minería primaria, sin embargo, en la actualidad se
ha visto una baja progresiva en las concesiones de exploración, disminuyendo un 29% entre el 2015
y 2020 (Sernageomin, 2015), (Sernageomin, 2020). Se estima que la gran minería utiliza entre 600 a
800 mil hectáreas, es decir el 10% de todo lo solicitado en concesiones. (Jara, 2021)
A partir de lo expuesto, a la necesidad de conseguir mayor dinamismo y mejorar la competitividad
de la actividad minera, esta investigación se centra en la búsqueda de respuestas que permitan
corregir las ineficiencias observadas en el actual sistema de propiedad minera. Para ello se revisa
evidencia de otros países mineros con miras a su posible adaptación local, debiendo entender que
las diferencias geopolíticas, administrativas, históricas y de disponibilidad de recursos, entre otras,
hacen que cada país aborde la materia de manera particular. | es_ES |