Abstract
Muy acorde con el modus operandi del pensamiento
jurídico romano, no se construyó en el Derecho Romano una teoría general de
los negocios jurídicos; más bien, la atención se centró en dar soluciones
concretas a situaciones particulares y, en definitiva, por esta falta de
abstracción y generalidad se presentan una serie de lagunas en diversos
puntos.