Abstract | dc.description.abstract | El reconocimiento, valorización y revelación de los activos intangibles en los Estados Financieros
(EEFF) de las empresas es un desafío vigente para la profesión contable, sobre todo en la actualidad
dónde este tipo de activos explica al menos un 90% de la valorización de mercado de las compañías
del índice S&P 500 (Intangible Asset Market Value Study, 2021). La norma contable pertinente, NIC
38, a través de sus modificaciones y adecuaciones pasadas, no ha sufrido cambios sustanciales que
permitan incorporar el valor de los nuevos modelos de negocios basados en intangibles y es un tema
aún en revisión por los entes emisores de normas contables.
En Chile, los derechos de aprovechamiento de agua son un activo intangible importante en actividades
como la agricultura, servicios sanitarios y minería. En este contexto y agregando condiciones diversas
en cuanto a geografía y clima se da que la disponibilidad de recursos hídricos sea diversa a lo largo
del país: baja disponibilidad en regiones hacia el norte de la región Metropolitana y abundancia en
las regiones hacia el sur de la región del Bío Bío.
A esta desigual distribución del se agrega un marco jurídico, casi único a nivel mundial, que consagra
este derecho aprovechamiento de aguas en un derecho real, transformando así al “uso del agua” en
propiedad privada, quedando protegida en nuestra actual constitución. Así las cosas, el uso y acceso
a los recursos hídricos es regulado en la actualidad principalmente a través de un “mercado de agua”,
donde priman dinámicas de oferta y demanda para fijación del precio del litro por segundo,
especialmente en regiones de poca disponibilidad.
Los derechos de aprovechamiento de aguas expresados en litros por segundo pueden ser obtenidos a
través de una solicitud al Estado el cual lo concederá a título gratuito en el caso de existir
disponibilidad del recurso en fuentes superficiales o subterráneas de la cuenca. En caso de no existir,
la distribución de la cuenca se cierra y estos derechos solo se pueden obtener a través de la compra a
terceros a valor de litro por segundo.
La existencia de este mercado de derechos de aprovechamientos de agua es reconocida incluso por
organismos del Estado al ser utilizado como base de información para la fijación de tarifas en
servicios sanitarios; sin embargo, no se observan las características que exige la norma contable NIC
38 para definirlo como “mercado activo” y pueda servir como referencia de valor razonable para su
representación en EEFF bajo el modelo de revaluación.
En la propiedad de las empresas entonces pueden existir derechos de aprovechamiento de agua
concedidos por el estado a título gratuito, otros adquiridos a terceros al costo de la compra y otros al
valor razonable en caso de adquisición en una combinación de negocios
En este trabajo se revisará como las empresas agrícolas, de servicios sanitarios y minería, que
concentran el mayor consumo consuntivo de agua en Chile, reconocen, valorizan y revelan este
intangible dentro de sus estados financieros. Se seleccionará y revisará una muestra de EEFF
públicamente disponibles para revisar el reconocimiento, valorización y revelaciones de los derechos
de aprovechamiento de agua.
El análisis de los EEFF muestra que las empresas del sector sanitario que cubren la región
Metropolitana y Valparaíso y que atienden a gran parte de la población urbana del país, han utilizado
el valor razonable como costo atribuido en la adopción inicial de IFRS, justificando en las notas a los
EEFF la existencia de un mercado activo de referencia. Las empresas del sector agricultura,
especialmente las viñas utilizan el modelo del costo excepto un caso que también utiliza el valor
razonable como costo atribuido. La mayor parte de las empresas del sector minero revisadas no hacen
siquiera mención a los derechos de aprovechamiento de agua en sus EEFF.
Tomados en su conjunto, se puede apreciar que existe diversidad en los modelos de valorización
utilizados por estas empresas, encontrando aplicado, de acuerdo a NIC 38, el modelo del costo y el
modelo de revaluación como costo atribuido en la adopción inicial de IFRS.
Esto resulta relevante porque las empresas que usan el modelo de revaluación como costo atribuido
al momento de adopción inicial, justificando para esto la existencia de un “mercado activo”, dan un
valor homogéneo a los derechos de aprovechamiento de agua. | es_ES |