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Authordc.contributor.authorSchürmann Opazo, Miguel 
Admission datedc.date.accessioned2013-07-23T15:54:22Z
Available datedc.date.available2013-07-23T15:54:22Z
Publication datedc.date.issued2006
Cita de ítemdc.identifier.citationDerecho y Humanidades, No. 12 (2006)en_US
Identifierdc.identifier.issn0719-2517
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/122999
Abstractdc.description.abstractEsta ponencia constituye un intento por abandonar y rechazar el concepto de Orden Público Económico del debate público y, en especial, del ámbito propio de la argumentación en base a la Constitución Política de la República. Una vez rechazado el concepto en general, se analizará la interpretación habitual que se realiza del artículo 19 No 21 de la Constitución, como disposición fundamental que consagraría el "principio de subsidiaridad" en materia económica, bastidor filosófico de la "Constitución Económica". Concluyendo que tal principio no está consagrado expresamente, y sólo constituye una alternativa interpretativa que, por lo demás, debe rechazarse por ser autoritaria en lo que se refiere al aspecto político y por nefasta en sus consecuencias jurídicas. Para finalizar con una propuesta interpretativa del precepto que se aviene más con el principio democrático y la dogmática de los derechos fundamentales.
Lenguagedc.language.isoesen_US
Publisherdc.publisherUniversidad de Chile, Facultad de Filosofía y Humanidades, Departamento de Ciencias del Derechoen_US
Keywordsdc.subjectorden público económico
Títulodc.titleOrden público económico y principio de subsidiaridad, argumentos para una críticaen_US
Document typedc.typeArtículo de revista


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