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Authordc.contributor.authorOrtiz Fuentealba, Luis 
Admission datedc.date.accessioned2016-04-27T18:06:57Z
Available datedc.date.available2016-04-27T18:06:57Z
Publication datedc.date.issued2015
Cita de ítemdc.identifier.citationRevista Estudios Tributarios 2015 NO.14 Págs.41-119en_US
Identifierdc.identifier.issn0718-9478
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/138020
Abstractdc.description.abstractLa explotación de las actividades agrícola, minería y transporte de pasajero o de carga ajena, de acuerdo a la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante LIR), contenida en el artículo 1° del Decreto Ley N° 824 de 1974, clasifican en la primera categoría y como norma general los contribuyentes que explotan dichas actividades se encuentran obligados a tributar en base a renta efectiva, sin perjuicio de acogerse al régimen de renta presunta, cumpliendo para ello una serie de requisitos que al efecto establece LIR. En el presente artículo se analiza el régimen de renta presunta establecido en el artículo 34 de la LIR, sustituido por el N° 18 del artículo 1° de la Ley N° 20.780 de 2014, donde se incluyen nuevos requisitos a los contribuyentes que desean acogerse a dicho régimen, con vigencia a contar del 1 de enero de 2016. Para tal efecto se citan las distintas normas legales contenidas en la LIR, Código Tributario y norma transitoria contenida en el punto IV, del artículo tercero transitorio de la Ley N° 20.780 de 2014, e instrucciones impartidas por el Servicio de Impuestos Internos sobre la materia, con la finalidad de tener un marco normativo que respalde los comentarios sobre el régimen de renta presunta. Legislación Tributaria Aplicada Rentas presuntas y su tributación año 2016 Departamento Control de Gestión y Sistemas de Información – FEN UChile 42 Para dicho análisis se presentan situación prácticas y algunos supuestos, con el propósito de abordar los distintos requisitos que contempla la nueva normativa del referido artículo 34, con vigencia a contar del 1 de enero de 2016, en forma especial el concepto de relación horizontal y vertical. Todo ello para poder comparar algunos requisitos que estuvieron vigente al 31 de diciembre de 2015 y observar su cambio respecto de los entran en vigencia a contar del año 2016. Al finalizar el desarrollo del presente artículo se presentan ciertas conclusiones que permitirán tener un mayor conocimiento de los nuevos requisitos que se deben cumplir para ingresar y mantenerse en el régimen de renta presunta y su tributación, que beneficia la explotación de las actividades agrícola, minería y transporte.en_US
Lenguagedc.language.isoesen_US
Publisherdc.publisherUniversidad de Chile, Facultad de Econmía y Negocios, Depto. Control de Gestión y Sistemas de Informaciónen_US
Títulodc.titleRégimen de rentas presuntas y su tributación año 2016en_US
Document typedc.typeArtículo de revista


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