Estudio comparativo de los procedimientos de solución de controversias establecidos en los tratados de libre comercio suscritos por Chile
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Publication date
2003Metadata
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Irigoin Barrenne, Jeannette
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Estudio comparativo de los procedimientos de solución de controversias establecidos en los tratados de libre comercio suscritos por Chile
Professor Advisor
Abstract
El presente trabajo describe los procedimientos de
solución de controversias establecidos en la Organización Mundial de
Comercio, en el Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea, en
el Tratado de Libre Comercio suscrito entre Chile y Canadá, y en la
Asociación Latinoamericana de Integración.
El fin de tratar en primer lugar el procedimiento de solución de
diferencias establecido por la Organización Mundial del Comercio radica en
conocer un procedimiento contenido en un tratado multilateral que rige la
mayor parte de las controversias que se suscitan en el mundo respecto a
materias económicas. Además consideramos importante incluir este acuerdo
por el hecho de que nuestro país ha formado parte de él desde sus origines y
ha recurrido a este organismo, en más de una oportunidad, para la solución
de controversias surgidas con otros estados partes del mismo.
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El Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea nos interesa
por el considerable intercambio comercial que existe entre Chile y el
mencionado bloque político, social y económico. Creemos que la
suscripción de este acuerdo no solo se limitara a fomentar el aumento del
intercambio comercial sino también promoverá una mayor
complementación en áreas como la cultura, transporte, ciencia y tecnología,
entre otras. Por lo dicho anteriormente, es posible que se deba recurrir a los
mecanismos de solución de controversias establecidos en el presente
acuerdo con cierta frecuencia en el futuro.
El mecanismo de solución de controversias contenido en el Tratado de
Libre Comercio entre Chile y Canadá es importante para el presente estudio
por contener una estructura muy similar a la que se puede encontrar en el
NAFTA. Todo lo anterior, porque nuestro país al no haber podido negociar
un tratado con el bloque, ha negociado con cada uno de sus países
miembros en forma bilateral, lo que ha llevado a que las normas
establecidas en estos tratados sean armónicas con lo establecido en el
NAFTA, en especial a lo referente a la solución de controversias. Esto nos
permite tener un acercamiento no solo con lo acordado con Canadá sino
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también con los Estados Unidos de Norteamérica, que esperamos se
ratifique en un plazo prudente.
La Asociación Latinoamericana de Integración se destaca por incentivar
y promover la suscripción de acuerdos bilaterales, subregionales y
multilaterales, tanto entre sus países miembros como con aquellos que no lo
son. Sus normas relacionadas a la solución de controversias permiten sentar
las bases a partir de las cuales se elaboran las normas específicas de los
tratados bilaterales con sus países miembros como por ejemplo, en los
tratados de complementación económica suscritos entre Chile y Perú y
Chile con Venezuela.
Los mecanismos de solución de controversias contenidos en estos
tratados suscritos por Chile nos permiten conocer los procedimientos y
normas a las cuales se debe recurrir en caso de surgir una controversia con
los demás socios comerciales que sean partes de estos tratados.
Nuestro interés particular radica en otorgar un estudio que permita
conocer los procedimientos establecidos en estos acuerdos, con el objeto de
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poder compararlos entre sí, y poder concluir cuál es su nivel de desarrollo y
grado de eficacia logrados en la solución pacífica de las posibles
controversias que se pudieran dar a la luz de la aplicación e interpretación
de estos tratados.
General note
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo
Identifier
URI: https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/115021
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