La corrección monetaria por IPC en el Impuesto a La Renta
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2020-03Metadata
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Delcorto Pacheco, Christian
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La corrección monetaria por IPC en el Impuesto a La Renta
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Abstract
Es evidente la relación entre los impuestos y la economía. Por una parte, la
contribución que hacen los ciudadanos y las empresas compone una parte
significativa de los ingresos de un Estado, y por otra, la tributación también
constituye una herramienta de política económica para la Hacienda pública y los
gobiernos de turno, como instrumento de regulación, empleándose para corregir
distorsiones o ineficiencias en la asignación de los recursos en mercados
determinados1.
En el marco de esta estrecha relación, la tributación no escapa a ciertos fenómenos
de la economía, como lo es, por ejemplo, el de la inflación. Sin perjuicio de nombrar
otros, a corto y largo plazo, el alza sostenida y generalizada de precios tiene como
principal efecto la pérdida de valor de los bienes, tangibles o intangibles, aunque
también genera consecuencias en los gravámenes a que están afectos los
contribuyentes.
Así, en materia impositiva, nuestro ordenamiento jurídico reconoce la existencia de
esta circunstancia y, en diversas normas de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios y de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante, “LIR”), se hace
referencia a la corrección monetaria. Es más, en particular, el párrafo 5° del Título
II2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, ubicado en el artículo 41, se titula “De la
corrección monetaria de los activos y pasivos”. Este procedimiento de corrección
monetaria también es denominado “indexación”.
Pero la normativa tributaria no sólo se limita a establecer la necesariedad de la
corrección monetaria, sino que además establece la forma a partir de la cual debe
realizarse este procedimiento de indexación: utilizando el Índice de Precios al
Consumidor (en adelante, “IPC”). En las páginas siguientes, se explicará con detalle
la metodología para calcular este índice, su utilidad en general y algunos aspectos
específicos en los cuales se aplica.
Cabe señalar que, durante muchos años3, la Ley sobre Impuesto a la Renta no tenía
una norma que recogiera los efectos de la inflación en la determinación del impuesto
a pagar. Como ha indicado Cheyre4, tanto para las rentas del capital como para las
del trabajo, no se contaba con un mecanismo que permitiera equiparar, comparar
correctamente cifras entre un momento y otro. Recién en 1974, el Decreto Ley N°
824 instauró el procedimiento de corrección monetaria a través de IPC, como se
mencionó precedentemente.
Con todo, el mecanismo de corrección monetaria ha sido poco cuestionado, tanto
en aspecto dogmático como en su aspecto práctico. Más bien, cuando se habla de
corrección monetaria, su análisis queda reducido al procedimiento, a la aplicación
de cifras previamente establecidas, al mero reajuste.
Nos ha interesado desarrollar este tema por dos motivos.
Primero, porque nos parece que, en materia tributaria, corregir monetariamente a
partir del Índice de Precios al Consumidor reviste características de axioma5: en
general, no es un asunto cuestionado. Si bien parece lógico recurrir al IPC (por lo
demás, ampliamente utilizado en diversas materias), bien vale investigar si
efectivamente es el mejor factor de corrección monetaria y, en caso de serlo, darle
mayor sustento a su utilización. Después de todo, podemos llegar a una misma
conclusión, pero luego de estudiar, analizar, comparar, preguntarse. En resumen,
no es otra cosa que desarrollar pensamiento crítico en la materia.
General note
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación Ariel Cuevas Bustos [Parte I] , Claudio Santander Celis [Parte II]
Identifier
URI: https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/179889
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