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Professor Advisordc.contributor.advisorGana Galarce, Aída Andrea
Authordc.contributor.authorSánchez Díaz, Nicole
Authordc.contributor.authorOrtiz Ortiz, Marcelo
Admission datedc.date.accessioned2021-12-14T14:14:54Z
Available datedc.date.available2021-12-14T14:14:54Z
Publication datedc.date.issued2021
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/183199
General notedc.descriptionNicole Sánchez Díaz [Parte I Impacto en las empresas] , Marcelo Ortiz Ortiz [Parte II Impacto en los propietarios ]es_ES
Abstractdc.description.abstractLa presente investigación tiene por finalidad evaluar beneficios tributarios derivados de la aplicación de lo dispuesto en el N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y el impacto impositivo a nivel de sus propietarios contribuyentes de impuestos finales. Desde la tramitación del proyecto de Ley de Modernización Tributaria, ocurrido durante el segundo semestre del año 2018, se pudo desprender el especial enfoque en las pequeñas y medianas empresas (Pymes) que pretendía dar el Ejecutivo, es así como finalmente luego de varias discusiones, con fecha 13 de febrero de 2020 se promulga y el 24 de febrero de 2020 de publica en el Diario Oficial la Ley N°21.210, a través de la cual se incorpora la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) un régimen especial para Pymes, con el objeto de incentivar la inversión, capital de trabajo y liquidez, el cual se ha denominado Régimen Pro Pyme. Si bien este régimen tiene ciertas características que podrían beneficiar a aquellas empresas que cumplan con los requisitos de entrada, esto no obsta a que dichas empresas puedan tributar conforme al régimen general de tributación, establecido en la letra A) del artículo 14 de la misma ley. La letra D) del artículo 14 de la LIR contiene dos regímenes de tributación para Pymes, en el N° 3 de dicha letra se establece un régimen de tributación para propietarios en base a retiros de utilidades o dividendos y en el N°8 se crea un régimen opcional de transparencia tributaria para las Pymes cuyos propietarios sean exclusivamente contribuyentes de los impuestos finales. Sin embargo, este estudio se enfocará en aquellos contribuyentes que se acojan a las normas del N°3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR (Régimen Pro Pyme General). A su vez, existen contribuyentes que migrarán a este régimen de pleno derecho y otros que deberán manifestar su opción mediante la plataforma habilitada para tal efecto por el Servicio de Impuestos Internos (SII) en su página web, para esto se deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por Ley, como por ejemplo, su promedio de ingresos de los 3 años anteriores al ingreso al régimen no debe exceder de 75.000 U.F., o si es una empresa que inicia actividades su capital efectivo1 no puede superar las 85.000 U.F., entre otros. Al incorporarse a este sistema de tributación se ofrecen beneficios como la integración total del Impuesto de Primera Categoría y el Impuesto Global Complementario o Adicional, una tasa de impuesto corporativo del 25%, la cual es menor al régimen general, establecido en el artículo 14 A (27%) y además contempla la liberación de ciertos registros, entre otros. Posteriormente con fecha 02 de septiembre del año 2020 se publicó la Ley N°21.256, donde se estableció una disminución transitoria de la tasa del impuesto de primera categoría para las empresas que estuviesen acogidos al régimen Pro Pyme General a un 10% para las rentas que se perciban o devenguen durante los ejercicios 2020, 2021 y 2022.es_ES
Lenguagedc.language.isoeses_ES
Publisherdc.publisherUniversidad de Chilees_ES
Type of licensedc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
Link to Licensedc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
Keywordsdc.subjectTributaciónes_ES
Keywordsdc.subjectChilees_ES
Keywordsdc.subjectPropymees_ES
Keywordsdc.subjectBeneficios tributarioses_ES
Keywordsdc.subjectImpuesto a la rentaes_ES
Area Temáticadc.subject.otherTributaciónes_ES
Títulodc.title“Evaluación de los beneficios tributarios de la adopción al régimen Propyme, establecido el N°3 de la letra D) del Artículo14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta a nivel corporativo y los efectos para sus propietarios”es_ES
Document typedc.typeTesises_ES
dc.description.versiondc.description.versionVersión original del autores_ES
dcterms.accessRightsdcterms.accessRightsAcceso abiertoes_ES
Catalogueruchile.catalogadormsaes_ES
Departmentuchile.departamentoEscuela de Postgradoes_ES
Facultyuchile.facultadFacultad de Economía y Negocioses_ES
uchile.gradoacademicouchile.gradoacademicoMagisteres_ES
uchile.notadetesisuchile.notadetesisMemoria para optar al título de Magíster en Tributaciónes_ES


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