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Professor Advisordc.contributor.advisorFaúndez Ugalde, Antonio
Authordc.contributor.authorPacheco Robert, José Ignacio
Authordc.contributor.authorLozano Aránguiz, Gonzalo Antonio
Admission datedc.date.accessioned2021-12-14T14:44:49Z
Available datedc.date.available2021-12-14T14:44:49Z
Publication datedc.date.issued2021
Identifierdc.identifier.urihttps://repositorio.uchile.cl/handle/2250/183210
General notedc.descriptionJosé Ignacio Pacheco Robert [Parte I ] , Gonzalo Antonio Lozano Aránguiz [Parte II ]es_ES
Abstractdc.description.abstractLa doble tributación, en tanto fenómeno económico-jurídico, representa un gran desafío para los sistemas tributarios toda vez que, su regulación y posible prevención depende, en gran medida, de reglas establecidas con anterioridad a la consideración de esta como un problema digno de solución. Así las cosas, resulta necesario, en un primer acercamiento, analizar si los principios establecidos en el artículo 19, Nro. 20, inciso segundo, de la Carta Magna, en tanto límites para el Legislador Tributario, regulan la doble tributación interna y, si en caso de hacerlo, estos permiten resolver esta fricción, o al menos, esbozar una posible solución. Para lo anterior, se estudiarán los principios contenidos en el referido artículo, así como la evolución que la interpretación de estos ha tenido a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la doctrina. Posteriormente, pasaremos al análisis de casos, en concreto, la tributación de las pensiones en nuestro país a efectos de determinar si, en la especie, esta corresponde a un caso de doble tributación interna.es_ES
Abstractdc.description.abstractLa doble tributación, en tanto fenómeno económico-jurídico, representa un gran desafío para los sistemas tributarios, toda vez que, su regulación y posible prevención depende, en gran medida, de reglas establecidas con anterioridad a la consideración de esta como un problema digno de solución. Así las cosas, resulta necesario, en un primer acercamiento, analizar si los principios establecidos en el artículo 19, N° 20, inciso segundo, de la Carta Magna, en tanto límites para el Legislador Tributario, regulan la doble tributación interna y, en caso de hacerlo, si permiten resolver esta fricción, o al menos, esbozar una posible solución. Para lo anterior, se estudiarán los principios contenidos en el referido artículo, así como la evolución que la interpretación de estos ha tenido a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la doctrina. Posteriormente, pasaremos al análisis de casos, en concreto, la tributación de las pensiones en nuestro país a efectos de determinar si, en la especie, esta corresponde a un caso de doble tributación interna.es_ES
Lenguagedc.language.isoeses_ES
Type of licensedc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
Link to Licensedc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
Keywordsdc.subjectChilees_ES
Keywordsdc.subjectTributaciónes_ES
Keywordsdc.subjectDoble tributaciónes_ES
Area Temáticadc.subject.otherTributaciónes_ES
Títulodc.titleDoble tributación interna en Chilees_ES
Document typedc.typeTesises_ES
dc.description.versiondc.description.versionVersión original del autores_ES
dcterms.accessRightsdcterms.accessRightsAcceso abiertoes_ES
Catalogueruchile.catalogadormsaes_ES
Departmentuchile.departamentoEscuela de Postgradoes_ES
Facultyuchile.facultadFacultad de Economía y Negocioses_ES
uchile.gradoacademicouchile.gradoacademicoMagisteres_ES
uchile.notadetesisuchile.notadetesisMemoria para optar al título de Magíster en Tributaciónes_ES


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