Universidad de Chile, Facultad de Economía y Negocios, Escuela de Postgrado
es_ES
Professor Advisor
dc.contributor.advisor
Gana Galarce, Aida
Author
dc.contributor.author
Novoa S., Gonzalo
Author
dc.contributor.author
Orrego Canales, María Francisca
Admission date
dc.date.accessioned
2023-06-30T16:22:50Z
Available date
dc.date.available
2023-06-30T16:22:50Z
Publication date
dc.date.issued
2020
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/194560
Abstract
dc.description.abstract
El objetivo del presente texto de investigación es exponer las ventajas y obstáculos
que representa para un contribuyente de Primera Categoría según contabilidad
completa, la constitución del derecho de usufructo sobre sus bienes y su
enajenación, con el fin de obtener recursos financieros sin desprenderse de la
propiedad de los bienes.
Los contribuyentes con contabilidad completa bajo norma IFRS deben adoptar los
criterios contables definidos en ella para reconocer, medir y evaluar los bienes o
activos que utilizan en el curso normal de sus operaciones.
Las normas tributarias contenida en la Ley de impuesto a la Renta, Ley de impuesto
a las Ventas y Servicios y el Código Tributario, determinan la forma de reconocer
los efectos tributarios de las transacciones que realiza el contribuyente con sus
bienes en la economía y su impacto fiscal. La norma tributaria debe dar expresión
cierta a las transacciones que realiza el contribuyente en el ámbito de su actividad
económica al adoptar éste una forma jurídica contenida en el derecho civil.
El usufructo de bienes no se puede medir objetivamente en el ámbito tributario,
salvo en el cuasiusufructo, porque no existe norma de valorización. La norma de
control denominada tasación es de difícil implementación. Al no existir medida
objetiva y poder ser objeto de control la venta del usufructo de bienes a través de
tasación, puede existir confusión y error
es_ES
Abstract
dc.description.abstract
El presente estudio se inserta en su contexto más amplio en la Ley 16.271
sobre las herencias, donaciones y asignaciones, y en el particular en los efectos
tributarios de la figura del usufructo.
Para tales intereses se realiza un análisis conceptual de las variables
incluidas en esta investigación para luego configurar un estudio dogmático con
apoyo en la literatura existente y enfocado en los documentos normativos.
En el proceso se encontró que la literatura existente es bastante crítica con
el marco normativo tributario chileno. Los estudiosos lo acusan de no proporcionar
seguridad jurídica, a pesar de que al mismo tiempo infieren que existe el espíritu por
parte de los redactores de proporcionarla.
La figura del usufructo está bien descrita en sendos documentos legales y
fiscales. Notablemente se menciona la Ley 16.271, la reforma tributaria de 2014 que
dota al SII de potestades para fiscalizar posibles actividades elusivas y finalmente
el Catálogo de esquemas (última versión 2019).
El SII ha señalado que el Catálogo no pretende exponer operaciones per se
elusivas, sino mostrar casos que pueden ser foco de atención fiscalizadora. Destaca
para efecto de nuestro interés el “caso 25” donde aparece la figura del usufructo.
Finalmente se concluye que el usufructo es una forma de planificación
tributaria válida y lícita. Actividades como “adelantar herencias” no son factibles de
ser punibles, sino que en realidad son figuras de uso y costumbre de contrato lícito,
y como tales, se desprenden prácticas jurídicas constantes y aceptadas.
Consecuentemente es posible de afirmar que son prácticas lícitas y describibles en
su uso.
es_ES
Lenguage
dc.language.iso
es
es_ES
Publisher
dc.publisher
Universidad de Chile
es_ES
Type of license
dc.rights
Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States