Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas,
CL
Staff editor
dc.contributor.editor
Ingeniería en Información y Control de Gestión y/o Contador Auditor
CL
Admission date
dc.date.accessioned
2014-01-06T21:15:49Z
Available date
dc.date.available
2014-01-06T21:15:49Z
Publication date
dc.date.issued
2003
Identifier
dc.identifier.uri
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/115039
General note
dc.description
Seminario para optar al grado de Ingeniero en Información y Control de Gestión
CL
Abstract
dc.description.abstract
Hasta la dictación de la Ley 19.857 el 11 de febrero del presente año, solo existía la “Sociedad de Responsabilidad Limitada” aceptada por la Ley 3.918 del 14 de marzo de 1923, estableciendo la responsabilidad personal de los socios que queda limitada a el monto de capital que ha aportado o a un monto mayor que se especifique en el Contrato Social el que se reduce en la Escritura Pública.
Por definición del artículo 2053 del Código Civil, la sociedad requiere pluralidad de socios, es decir “ La Sociedad o compañía es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provenga”, es decir durante 80 años sólo dos o mas personas podrán limitar su responsabilidad patrimonial en los negocios, es decir al momento de cumplir con una obligación, se distingue entre la responsabilidad de los socios y al responsabilidad ilimitada de la sociedad.
Por el contrario, los empresarios individuales al comenzar un negocio asumían un alto riesgo ya que no tenía ningún tipo de limitación de responsabilidad, como persona natural se le aplica el principio de “derecho de prenda general”, donde la persona debe responder con el total de su patrimonio al total de sus obligaciones, es decir, deberá responder tanto con los bienes de la empresa como con los bienes personales.